La Facultad de Ciencias Jurídicas Y Sociales de la Universidad de Chile ha cumplido una meritoria labor en el campo de la enseñanza de las disciplinas a su cargo, como lo comprueban la historia de sus dos Escuelas de Derecho de Santiago y Valparaíso y de la Escuela de Ciencias Políticas y Administrativas, todas las cuales pueden compararse, sin desmedro, con las más afamadas del mundo. En el orden de la difusión de las Ciencias jurídicas y Sociales ha realizado, en apreciable medida, su cometido, y ello, de modo muy particular, desde la creación de la Editorial jurídica de Chile, a cuya dirección concurre de consuno con el Congreso Nacional. En lo referente a la investigación científica, la gradual creación de diversos Seminarios y la reciente de un Instituto de Ciencias Políticas y Administrativas, han permitido la obtención de resultados muy superiores de los que hubieran podido esperarse con los escasos recursos materiales con que se contó y el reducido contingente de hombres que, desde el cargo de Director de Instituto o Seminario hasta el de Ayudante, se entregaron a la tarea, pese a las precarias condiciones de trabajo y a las modestas remuneraciones. La Facultad ha considerado que ha llegado el momento de dar impulso y cauce definitivo a las tareas de investigación pura o aplicada, que hasta la fecha se han cumplido inorgánicamente y, en los más de los casos, sobre la base del sacrificio personal del elemento docente y de los alumnos o egresados y por ello resolvió establecer, junto a los profesores de dedicación parcial, otros de tiempo completo a instituir los medios y los recursos indispensables para que las investigaciones puedan realizarse y los profesores obtener una remuneración que les permita una consagración plena a las tareas universitarias. Al estudio de la reglamentación correspondiente dedico sus sesiones de 26 de abril, 3 de mayo, 7 de junio, 21 de junio y 27 de septiembre de 1956. La Facultad no ignora que la solución es; difícil de alcanzar, por la complejidad de los factores en juego, y es por ello que ha preferido planificar soluciones progresivas. El Reglamento para la Investigación Científica, aprobado por la Facultad y el H. Consejo Universitario, trata, substancialmente, del régimen estatutario de sus futuros profesores de dedicación exclusiva y de jornada completa, régimen que procura conjugar, armónicamente, los intereses superiores de la Universidad con las necesidades materiales de aquellos especialistas que, desdeñando situaciones económicas más espectables, harán de la investigación el motivo central, de sus preocupaciones. Mas, si importante y fundamental es contar con elemento humano idóneo, él no estará en condiciones de realizar trabajos de investigación trascendentes, si no dispone de las fuentes y medios para obtener el conocimiento de la mínima organización material para el desarrollo de sus trabajos y de los instrumentos adecuados y oportunos para dar la debida divulgación a las obras que resulten de sus afanes. Por ello se ha considerado indispensable incrementar en forma notable las bibliotecas, para que representen, medianamente, la gran producción científica de los últimos tiempos y para que, en lo sucesivo, mantengan sin desmedro su ritmo de recepción y canje de libros y revistas. Finalmente, se ha considerado que la difusión indispensable de los resultados de las investigaciones, reclaman de un perfeccionamiento de los medios con que actualmente se cuenta.

En esta forma la Facultad ha dado el paso inicial para la solución integral del problema de la misión científica que a ella esta encomen­dada en el campo de las ciencias jurídicas y sociales.