1. INTRODUCCIÓN

Dentro de los diversos tipos de análisis político, resulta de utilidad distinguir entre dos formas de conocimiento reflexivo: a) el conocimiento teórico empírico y b) el conocimiento doctrinario normativo (1).

El primero de ellos (teórico) se desplaza preferentemente dentro del mundo del ser. Fundamenta sus conclusiones tomando como base los datos proporcionados por la experiencia y no tiene otro propósito que lograr hacer inteligible -a través de las hipótesis que formula- el complejo y multifacético mundo de la política. 'El objetivo del teórico es estudiar el fundamento de la vida política y proporcionar, gracias a ello, una explicación tan coherente y completa como sea posible. La reflexión se dirige a lo que es. Toma el camino que va de la observación y la clasificación de los hechos al enunciado de generalizaciones y uniformidades'(2).

La segunda forma de conocimiento precitada (doctrinaria) tiene otro marco de referencia: el mundo del deber ser. Consecuente con su carácter normativo se refiere a lo mejor, a lo más noble, a lo más moral, a lo más justo, a lo más fuerte, de acuerdo con la Weltanschuung (3) en que se inspira' (4).

Conforme a lo expresado, la teoría empírica seria la investigación desinteresada de la realidad político-social, por cuanto busca obtener un conocimiento comunicable, confrontable y de validez general. Predomina en él la voluntad de conocer.

La doctrina, por el contrario, al proponer juicios sobre el 'bien' y el 'mal', lo 'justo' y lo 'injusto', juzga los hechos. 'Es un modo de pensar destinado a la acción en la realidad política. Busca señalar la empresa a realizar. 'En último extremo, se le atribuye la misión de preparar un código de relaciones políticas cuyo contenido los establecimientos de enseñanza tendrían la función de inculcar a los miembros de la comunidad' (5). En la doctrina predomina, por consiguiente, la voluntad de querer y poder.

Como anota justo López, en las 'teorías políticas' y en las 'doctrinas políticas', la realidad objeto de conocimiento es la misma, pero es distinta la actitud del sujeto. Por eso, 'cabe afirmar que la teoría política es conocimiento de la realidad política que no se confunde con ella y, en cambio, la doctrina política queda involucrada en la realidad política misma' (6).

Ahora bien, es preciso puntualizar que ninguna de las dos formas de conocimiento se presenta en la realidad como expresión integralmente pura. Suele ocurrir que las postulaciones doctrinarias presenten una seria fundamentación empírica.

En este caso el elemento motor reside no en la voluntad de querer, sino en las condiciones objetivas que las hicieron nacer. Los pensadores doctrinarios aparecen entonces como portavoces de su época.

Con mayor frecuencia - y por razones obvias ello entraña un real peligro - mucho de lo que se presenta como teoría empírica es en realidad doctrina; el autor de una doctrina la disimula bajo el velo científico (7).

Prélot acota al respecto: 'En la mayor parte de las obras el vínculo entre la doctrina y la teoría no podría ser cortado. A lo sumo, en caso de que se lograra, se empobrecería considerablemente su estudio. Hasta se correría el riesgo de desfigurar completamente el sentido. La mayoría de los escritores son a la vez doctrinarios y teóricos. Si solo se los considera como teóricos, se presenta una imagen parcial de su pensamiento. Las grandes obras deben estudiarse, pues, en toda su amplitud y densidad, aprehendiendo su economía interna del modo en que fue concebida por el autor' (8). Teniendo presente esta prevención, la tarea de cualificar lo que existe de doctrinario y teórico en el pensamiento de un autor resulta de inestimable importancia para su adecuada evaluación.

Un ejemplo expresivo, que confirma este aserto, lo tenemos en el análisis del pensamiento político de TRASÍMACO y de CALICLES. En efecto, es frecuente que a ambos sofistas se los considere como propugnadores del 'derecho del más fuerte'. Sin embargo, si realizamos un estudio menos periférico de sus formulaciones -propósito de este trabajo-, es probable que obtengamos un resultado más cualificado.

 

2. EL PENSAMIENTO POLÍTICO DE TRASÍMACO (9).

El celebre diálogo platónico 'La República' inicia su acción con un mancomunado esfuerzo entre Sócrates y sus ocasionales interlocutores (Céfalo y Polemarco) para lograr un concepto unívoco de la justicia. El diálogo es cordial y sereno, hasta que irrumpe en la conversación, 'como una fiera salvaje', el sofista Trasímaco, para quien todo lo dicho hasta ese instante no constituye más que una serie de torpes cumplidos y futilidades. Sin mayores dilaciones enuncia su propia definición: 'la justicia es el interés del más fuerte'. Es decir, que el gobierno establece leyes en su propio interés, y para los ciudadanos es justo obedecerlas.

Los fundamentos de la tesis del sofista pueden sintetizarse en los siguientes acápites

a) La justicia es lo que interesa al gobierno establecido, o sea, al más fuerte

Yo afirmo que lo justo no es otra cosa que lo útil para el más fuerte. Unos Estados tienen una forma de gobierno tiránica, otros democrática, otros aristocrática, pero en cada Estado gobierna el más fuerte.

En efecto, cada gobierno dicta leyes en su propio provecho: la democracia, leyes democráticas; la tiranía, leyes tiránicas; a igualmente los demás. Una vez dictadas, establecen que lo justo para los súbditos es lo que es útil para ellos, y castigan al que no lo acepta así, come si fuera un hombre injusto y violador de la ley. Y es esto, precisamente, lo que yo digo, que en todos los Estados siempre es justo lo mismo: lo que es útil al gobierno establecido. Y este es el más fuerte, de donde se deduce, para quien razone correctamente, que en todas partes se identifica lo justo con lo que es útil para el más fuerte.

b) La relación entre gobernante y gobernados

Eres ingenuo si crees que los pastores y los boyeros tienen como mira el bien de sus ovejas y sus bueyes, y que los engordan y cuidan con fines distintos del bien de sus amos y del suyo personal. Eres igualmente crédulo si piensas que los que gobiernan los Estados, los cuales poseen un verdadero poder, tienen con relación a sus súbditos una disposición de ánimo distinta de la que se puede tener respecto a un rebaño, y que de día y de noche tienen como mira algo distinto de ver como sacarán algún provecho.

c) La injusticia es más eficaz, más liberadora y más poderosa que la justicia

Inocente Sócrates, hay que considerar las cosas siempre y en todas partes sale peor parado el hombre justo. En primer lugar, en las relaciones comerciales, cuando el justo tiene trato con el injusto, nunca encontrarás que al liquidarse el negocio el justo obtenga más ganancia que el injusto, si no menos. Luego en los asuntos públicos, cuando hay que satisfacer algunas contribuciones, es el justo, aun con los mismos bienes, el que tributa más, y menos el injusto; pero cuando se trata de recibir, el primero no obtiene ganancia alguna, y grande en cambio el segundo. Y cuando uno de los dos se hace cargo del gobierno, le ocurre al justo, si no otra pena mayor, el que sus asuntos domésticos queden por completo abandonados, al no poder obtener beneficios de la cosa pública por ser justo, y además al verse aborrecido por sus parientes y amigos que no le perdonaran el no haberles procurado ayuda por no violentar la justicia; al injusto, sin embargo, le acontece exactamente todo lo contrario.

d) La injusticia para que sea útil a quien la comete debe ser ejercida a alto nivel

Cuando un hombre cualquiera comete un acto injusto y no logra que quede oculto, es castigado y mancillado con el máximo deshonor. Los particulares que cometen alguna de estas infamias son llamados sacrílegos, raptores, salteadores, rateros y ladrones. Pero cuando alguien, además de apoderarse de los bienes de los ciudadanos, se adueña de su persona y los esclaviza, en lugar de estos nombres vergonzosos se les aplican los de feliz y dichoso. Y no sólo por los mismos ciudadanos, sino también por todos los demás, pese a conocer que ha cometido la más completa injusticia. Pues los que censuran la injusticia la censuran no por terror a cometerla, sino de padecerla. Así, pues, Sócrates, la injusticia, ejercida a alto nivel, es más eficaz, más liberadora y más poderosa que la justicia. Y, según yo decía al principio, lo justo es lo útil para el más fuerte, y lo injusto es útil y ventajoso para uno mismo.

e) Juicios de valor sobre la justicia y la injusticia

La justicia no es un vicio, pero sí una noble tontería. La injusticia no es maldad, sino sagacidad.

3. EL PENSAMIENTO POLÍTICO DE CALICLES (10).

En el dialogo 'GORGIAS', Platón personifica en la figura de CALICLES el tipo de político basado en el principio de la falta de escrúpulos. El sofista declara como la ley de la naturaleza que el fuerte use de su poder para con los débiles. Pero la ley de los hombres se lo impide; le pone trabas al fuerte. La síntesis de su razonamiento es la siguiente:

a) El derecho natural del más fuerte

En mi opinión, son los hombres débiles y la masa los que establecen las leyes. Para sí mismos, para su propia utilidad, implantan leyes, prodigan alabanzas y censuras; quieren atemorizar a los que son más fuertes que ellos, a los que están capacitados para tener más, y, para evitar esto, dicen que es injusto poseer más y que la injusticia consiste en tratar de conseguir más bienes que los demás. Pues, en mi opinión, consideran una felicidad el tener lo mismo siendo inferiores.

Por esta razón, con arreglo a la ley se dice que es injusto y vergonzoso tratar de poseer más que la mayoría y a esto llaman cometer injusticia; pero, según yo creo, la naturaleza misma demuestra que es justo que el más fuerte tenga más que el débil y el poderoso más que el que no lo es. Y lo demuestra por todas partes, tanto en los animales como en todas las ciudades y razas humanas, el modo con que se distingue lo justo, a saber, que el más fuerte domine al más débil y tenga ventaja. En efecto, ¿en qué clase de justicia se fundó Jerjes para hacer la guerra a Grecia a igualmente otros infinitos casos que se podrían citar? Sin embargo, a mi juicio, estos obran con arreglo a la naturaleza de los justos, y también con arreglo a la ley de la naturaleza; quizá, ciertamente, no con arreglo a esta ley que nosotros establecemos, por la que modelamos a los mejores y más fuertes de nosotros, tomándolos desde pequeños, como leones, y por medio de encantos y hechizos los esclavizamos, diciéndoles que es preciso poseer lo mismo que los demás y que esto es lo bello y lo justo. Pero yo creo que si existiera un hombre con índole apropiada, sacudiría, quebraría y esquivaría todo esto, pisoteando nuestros ardides, engaños, encantamientos y todas las leyes contrarias a la naturaleza, se sublevaría y se proclamaría como señor el que era nuestro esclavo, entonces resplandecería la ley de la naturaleza.

Creo en verdad que la justicia natural consiste en que el mejor y más juicioso tenga autoridad sobre los hombres de menor capacidad y posea mas que ellos.

b) ¿Quiénes son los más fuertes?

Los más poderosos no son los zapateros ni los cocineros, sino los de buen juicio para el gobierno de la polis y no solamente de buen juicio sino además decididos, puesto que son capaces de llevar a cabo lo que piensan y no se desaniman por debilidad de espíritu.

En efecto, lo hermoso y lo justo conforme a la naturaleza es lo que te voy a decir con sinceridad, a saber: el que quiera vivir rectamente debe dejar que sus deseos se hagan tan grandes como sea posible, y no reprimirlos, sino por grandes que sean, ser capaz de satisfacerlos con valor y buen temple y de saciarlos con las cosas que sean, en cada caso, objeto de aquellos. Pero creo yo que esto no es posible para la multitud; de ahí que, por vergüenza, censuren a tales hombres, ocultando de este modo su propia impotencia; afirman que la intemperancia es deshonrosa, esclavizando a los hombres más capaces por naturaleza, y como ellos mismos no pueden procurarse plena satisfacción de sus deseos, alaban la moderación y la justicia a causa de su propia cobardía. Porque para quienes han nacido hijos de reyes, o están por naturaleza en condiciones de procurarse una magistratura, tiranía o dominio, ¿qué cosa en verdad puede haber más vergonzosa y dañosa que la moderación y la justicia? Quiénes pueden disfrutar de sus ventajas sin que nadie se lo impida ¿por qué han de convertir en dueños y señores de su voluntad a la ley, a la razón y a la multitud?

Frente a la justicia natural -el dominio del más fuerte sobre el menos fuerte- la justicia convencional de los hombres es una necedad y cosa sin valor.

4. A MANERA DE CONCLUSIÓN

Desarrollados los aspectos esenciales que ofrecen los planteamientos de TRASÍMACO Y CALICLES, cabe preguntarse: ¿corresponden ambas formulaciones a un mismo tipo de análisis político? ¿Es efectivo que ambos sofistas propugnan 'el derecho del más fuerte'? Contra la opinión generalizada, pensamos que sólo una lectura poco atenta de los textos podría inducir a contestar afirmativamente las interrogantes planteadas. Por el contrario, existe entre ambos análisis una diferencia substancial: mientras TRASÍMACO se limita a generalizar en base a la experiencia que le proporciona la realidad político?social de su época, CALICLES si que postula en la esfera de lo normativo, del deber ser, por el derecho del más fuerte. TRASÍMACO se limita a exponer, simplemente a exponer, y en manera alguna intenta defender el derecho del más fuerte. Es más, si el sofista hubiere sido partidario de la supremacía en el orden axiológico de la injusticia sobre la justicia, cuando SÓCRATES le pregunta si la justicia es un vicio, su respuesta lógica debiera haber sido afirmativa. Sin embargo, TRASÍMACO contesta que es 'una noble tontería' ('gennaía euétheia'). ¿Cómo interpretar esta respuesta? De las muchas que se han dado, sin duda la más esclarecedora pertenece a BARRIO: 'Para el sofista la justicia, axiológicamente, es un valor, no un antivalor; de ahí su nobleza. Pero, dada la estructura real y fáctica de la sociedad, es una tontería el intentar realizarla, ya que el justo siempre saldrá perjudicado, como el lobo entre los corderos' (11).

El mismo razonamiento es válido para explicar la respuesta del sofista cuando el Sócrates platónico le inquiere acerca del valor de la injusticia. Obviamente, de haber defendido TRASÍMACO el derecho del más fuerte, habría contestado que la injusticia era buena, una virtud. Sin embargo se limita a responder que es sagacidad ('euboulía'). En síntesis, el hombre injusto no es virtuoso, pero en las circunstancias reales de la sociedad ¿no es hábil practicar la injusticia y abandonar la justicia?

Corresponde indagar ahora si el entorno histórico permitía al sofista obtener una conclusión tan pesimista de las relaciones político-sociales. ¿Qué acopio de antecedentes históricos permitía a TRASÍMACO contradecir el principio reconocido en todos los tiempos de que el interés colectivo debe prevalecer sobre el interés propio?

La relación entre la teoría y los hechos emerge como indudable. TUCÍDIDES, por ejemplo, ha llamado la atención, en diversos pasajes de su obra, acerca de la corrupción de los griegos de su tiempo. Con singular dramatismo ha descrito el derrumbe de las normas morales y las causas del mismo; igualmente, en más de una oportunidad, de la boca de uno de sus personajes fluye la teoría del derecho del fuerte. Como en otras épocas, los hechos precedieron a la teoría.

En efecto, como con erudición señala JAEGER, la idea de la vinculación de los ciudadanos a una ley general escrita, que dos siglos antes había indicado redentoramente el camino para salir de la espesura de largos siglos de luchas partidistas, llevaba en su entraña un difícil problema. La ley, calculada para una vigencia larga a incluso eterna, resultó estar necesitada de reformas o ampliaciones. Pero la experiencia demostraba que todo dependía de cuáles fuesen los elementos llamados a encargarse del desarrollo de las leyes dentro del Estado. Ya corriese a ello a cargo de un puñado de poseedores, de una mayoría del pueblo o de un sólo hombre encargado del poder, parecía una necesidad inexcusable que el elemento dominante, cualquiera que él fuese, modificase las leyes a su modo, lo que valía tanto como decir en su propio interés. Las diferencias entre lo que regía como derecho en los diversos Estados demostraba la relatividad de este concepto. Quien pretendiese remontarse sobre esta oscilante diversidad para llegar a una unidad suprema parecía que sólo podría lograr esta en la definición poco halagüeña de que el derecho vigente era en todas partes expresión de la voluntad del partido más fuerte en cada momento y de su interés. El derecho se convierte así en una mera función del poder, que no responde de por sí a ningún principio moral (12).

Con estos antecedentes históricos, nadie podría dejar de reconocer que el sofista tenia por de más fundamentos para formular su hipótesis: en la sociedad -tal como es de hecho- lo que impera es el derecho del más fuerte.

En todo caso, errónea o acertada su generalización, ella se desplaza dentro del mundo del ser sin intentar proyectarse al mundo del deber ser.

Como ya lo expresábamos, el enfoque que CALICLES hace de la justicia es cualitativamente diferente. Ya no se limita a describir o exponer una conclusión en base a los datos proporcionados por la experiencia; se trata de postular por una empresa a realizar. Representa un juzgamiento del ser de la política para quedar proyectado en el deber ser de la misma. CALICLES lo enuncia con mucha claridad cuando afirma que los mejor dotados y más fuertes deben mandar y poseer más que los otros. Para él en el ámbito normativo lo justo consiste en que el más fuerte mande al más débil y lo domine. Ello no ocurre en la realidad porque los débiles se han coludido contra los fuertes, lo que no impide que el postulado subsista en el plano axiológico. CALICLES representa, en cierta forma, lo que siglos después se denominaría 'voluntad de potencia' (13).

Hemos estudiado dos formulaciones en que la fuerza aparece como elemento dominante de las relaciones humanas. TRASÍMACO, desde un punto de vista teórico empírico, describe la relevancia innegable que dicho factor tenía para la realidad de su tiempo. CALICLES, obseso del derecho del fuerte, hace su apología e intenta darle una base doctrinaria. La realidad objeto del conocimiento era la misma, pero distinta la actitud del sujeto cognoscente: uno apegado al mundo del ser; el otro proyectado al deber ser.

A fin de evitar toda falta de perspectiva, en forma deliberada hemos escogido los autores materia de nuestro ejemplo en el siglo IV A. de C. Naturalmente, ejercicios de esta naturaleza pueden y deben hacerse respecto de obras más próximas en el tiempo. Lejos de ser una tarea superflua, estamos seguros de que contribuiría en gran medida a desmistificar muchas 'grandes obras'.

Notas

 

 1

 Como dice MARIO JUSTO LOPEZ, “la palabra teoría y doctrina, derivada la primera del griego y la segunda del Latín, pueden ser consideradas como sinónimos de acuerdo con sus respectivas etimologías y asignárseles en consecuencia el vago y difuso significado común de “conocimiento reflexivo”. Pero, aun a través del use vulgar, se insinúa entre las dos palabras un matiz de sentido diferencial. (“Introducción a los estudios políticos', Ed. Kapelusz, B. Aires, 1969, vol. I, pág. 111). Algunos autores prefieren usar Los términos teoría empírica para referirse a lo que aquí designamos por teoría; y teoría normativa para denominar lo que en este estudio se llama doctrina. volver

  2

 JEAN MEYNAUD: “Introducción a la ciencia política”, Ed. Tecnos, Madrid 1964, pág. 17. volver

  3

 Puede traducirse aproximadamente como el conjunto de creencias acerca del mundo y de la vida. Volver

 4

 MARCEL PRĖLOT: 'Ciencia política', Ed. Edema, B. Aires, 1964, pág. 63. volver

  5

MEYNAUD,  ob. cit. pág. 17. volver

  6

Ob. cit. Vol. I, pág. 111. volver

  7

 Cabe tener presente que la teoría empírica no siempre buses metas axiológicas con fines subalternos. Suele hacerlo con el deliberado propósito de dar una dirección a la simple acumulación de datos empíricos. Sobre el particular DAVID EASTON: 'Política Moderna', Ed. Letras, México. Volver

  8

 Ob. cit., Pág. 64. volver

  9

 La vida del sofista Trasímaco puede situarse a lo largo del siglo V a. de C. La fuente principal para conocer su pensamiento político lo constituye el Libro I de 'La República' de Platón. Para la presente síntesis se consultó: 1) 'Fragmentos y Testimonies de los Sofistas', Traducción y notas de José Barrio Gutiérrez, Ed. Aguilar, Madrid 1966; 2) Traducción de 'La República', por José Manuel Pabón y Manuel Fernández Galiano, Ed. Instituto de Estudios Políticos, Madrid, 1949; y 3) Traducción de 'La República' de José Miguez en 'Obras Completas de Platón', Ed. Aguilar, Madrid 1966, pág. 684 y siguientes. Volver

  10

 Calicles es representante de la joven generación de sofistas atenienses. La única fuente con que se cuenta para conocer su pensamiento político radica en la referencia platónica contenida en el 'GORGIAS'. para la presente síntesis se han consultado dos traducciones: 1) La do Julio Calonge Ruiz, editada por Instituto de Estudios Políticos, Madrid 1951, pág. 59 y siguientes, y 2) La de Francisco García, incluida en el volumen 'Obras Completas de Platón', Ed. Aguilar, Madrid 1966, pág. 388 y siguientes. Volver

11

Ob. cit. Pág. 24. Volver

12

Sobre el particular WERNER JAEGER: 'Paideia' 'Los ideales de la cultura griega') Ed. Fondo de Cultura Económica, México 1944, tomo II, pág. 247. volver

  13

 en el pensamiento de Calicles se ha visto un germen del 'héroe' de Carlyle y del superhombre de Nietzsche. Un paralelo con la obra de este ultimo se puede consultar en 'Les idées morales et politiques de Platon', por PIERRE LACHIEZE‑REY, Paris 1951, pág. 44. volver