Origen de la industria ganadera en Magallanes

Corresponde el título de iniciador de la industria ga­nadera magallánica a don Diego Dublé Almeida, gobernador del territorio desde el 17 de Septiembre de 1874. El señor Dublé, alentado por la feliz experiencia de los estancieros ingleses en las Islas Falkland, situadas en la boca oriental del Estrecho de Magallanes, cuyo clima y características del suelo son muy semejantes a los de dicha región, hizo un viaje oficial, autorizado por el Gobierno de Chile, con el fin de in­teresarlos para que se estableciesen en la Patagonia. Perse­guía con ello un doble objetivo: dar una fuente de riqueza a la región y constituir un título efectivo que sirviera de apo­yo al dominio de Chile sobre la Patagonia, en litigio enton­ces con la República Argentina.

La incertidumbre de la cuestión de los límites arredró a los ganaderos británicos. No obstante, la comisión no fué del todo infructuosa, pues, se logró convencer a don Enrique L. Reynard, inglés residente en Punta Arenas, para que in­ternase trescientas ovejas, que fueron conducidas a la región en Enero de 1877 y depositadas en Isla Isabel, concedida ex­profeso para el objeto.

Fué éste el primer establecimiento ganadero del terri­torio.

El éxito de este ensayo decidió a otros hombres de vi­sión. Así don Mario Marius y don José Nogueira. Con fortuna varia,-mayores resultados satisfactorios que fracasos-, se repitieron las expediciones y estableciéronse las prime­ras estancias. Durante esta época, los campos se fueron po­blando mediante simples permisos de ocupación, expedidos por el gobernador. Estos permisos consagraban una situación de hecho transitoria, mientras se dictase una ley especial.

Fué ésta una política inteligente, como que emanaba de la autoridad local, que tenía contacto diario y directo con las personas y problemas de la región.

La industria se fué desenvolviendo paulatinamente, sin accidentes ni tropiezos extraordinarios. Así llegamos al año 1831, comienzo de las desventuras de estancieros y candida­tos a estancieros, por obra del estrictísimo celo del goberna­dor don Francisco Sampaio. Este funcionario, valiéndose de sutiles interpretaciones legales, rechazó sistemáticamente cuantas solicitudes de ocupación de terrenos se le presenta­ron. Como dice Robustiano Vera: 'para Sampaio era muy extraño que algunos usufructuaran de balde los campos per­tenecientes al Fisco y tal tolerancia la consideraba una bar­baridad'. Llevó hasta extremos fisibles su doctrina adminis­trativa, tendiente a obtener el máximo de entradas para el Fisco.

No convenía gravar con muchas exigencias una industria incipiente y promisora. Antes bien, el buen sentido acon­sejaba 'darle una manito'. No obstante, Sampaio, persis­tente en su línea de acción, desoyendo las protestas de los ganaderos, batalló hasta obtener que el Supremo Gobierno decretase la subasta del arrendamiento de los terrenos fis­cales.

El 25 y 26 de Noviembre y el 1.° de Diciembre de 1581 tuvieron lugar en Punta Arenas, ante la Junta de Almoneda, los respectivos remates. Se subastaron noventa lotes, que comprendían 570,325 Has., por un total de $ 26, 776.22 anua­les. El período máximo de arrendamiento era de veinte año y la renta se fijaba en proporción al plazo, según la siguien­te escala gradual, válida para una extensión de 30,000 hec­táreas:

$ 1,000 al año, por cinco primeros años $ 5,000
$ 2,000 al año, por cinco segundos años 10,000
$ 3,000 al año, por cinco terceros años 15,000
$ 4,000 al año, por cinco cuartos años 20,000

De manera que un lote de 30,000 hectáreas, arrendado por un período de veinte años, pagaría una suma de $50,000, o sea, 81/3 centavos por hectárea al año. Cabe decir aquí que, en condiciones más o menos equivalentes de calidad de sue­los y productos, el Gobierno argentino cobraba veinte pesos por legua anual, lo que hace un valor igual a la cuarta parte del cobrado en Magallanes. En las Islas Falkland la renta anual de arrendamiento ascendía a 11/4 centavos por Ha. para los diez primeros años y 2 centavos la hectárea durante los once años siguientes.

He aquí algunas de las transacciones realizadas:

Remate

Extensión Región Renta Anual
Enrique L. Reynard 3.000 Hs. Isla Isabel $ 109.50
José Nogueira 30.000 » Río Pescado 1.000.-
J. Waldron 30.000 » Punta Delgada 1.000.-
José Menéndez 30.000 » San Gregorio 1.500.-

A virtud de la autorización concedida al Ejecutivo en la Ley N.° 51, de 7 de Febrero de 1893, el 26 de Enero de 1900 se sacaron a remate veinte lotes, con una cabida total de 316,626 Has. El mínimum fijado era de diez centavos al año por Ha., y se obtuvieron dieciocho centavos. El plazo de arrendamiento se restringió a diez años.

En general, estos remates dieron resultados satisfacto­rios. El máximum de cabida señalado para los lotes era de 30,000 Has., extensión prudente para esa época y perfecta­mente justificable dentro del marco de una explotación inicial, sujeta a muchas incertidumbres. No obstante la caren­cia de un mecanismo eficaz dentro de la ley y su reglamen­tación, para evitar el acaparamiento de tierras, este fenó­meno se produjo raramente, porque los remates dieron lugar a un libre juego económico. No existían entonces grandes capitalistas, ni sociedades. Los subastadores se conformaban con arrendar los campos que ocupaban. Nadie tenía reservas suficientes para  arriesgarse en grandes adquisiciones. Ade­más, eran esos los días heroicos de la ganadería. La interna­ción del ganado de Islas Falkland resultaba muy caro: una libra esterlina por cabeza aproximadamente, precio total, incluído valor y fletes, y sujeto a los riesgos de la travesía. El clima era más áspero que hoy. Los zorros y llamas cons­tituían una verdadera plaga que devastaba ganados enteros.

Estas circunstancias contribuyeron a la relativa subdivisión de la tierra en esa época. Existían numerosas estancias, cuyas extensiones medias oscilaban entre 10,000 y 30,000 Has.

Concesiones

Bajo este rubro se advierten con mayor claridad los des­aciertos administrativos y legislativos seguidos en la política de tierras fiscales en Magallanes.

El año 1896 el total de los terrenos cedidos en arrenda­miento y permisos de ocupación alcanzaban a noventa y ocho lotes, con una extensión de 651,267 Has. Esto determina un promedio de 6,695,5 Has. por lote. Extensiones prudentes, en general, y algunas notablemente reducidas. Surge de aquí una curiosa comprobación: el Gobierno multiplicaba las di­ficultades para permitir la ocupación de los campos y para arrendarlos; vale decir, ejercía una política de restricciones, precisamente en los momentos en que se gestaba con grandes dificultades una nueva industria. Paralelamente, desde 1887 a 1891 se concedían en la Patagonia y Última Esperanza 120,000 Has. en extensiones que fluctuaban entre 10,000 y 30,000 Has., y en Tierra del Fuego, 1.603,000 Has. en total, la menor de las cuales alcanzaba a 123,000 Has. De estas últimas, tienen especial importancia las siguientes:

1) Wehrman y Cía., 123,000 Has. por trece años, con­cedidas según decreto de 20 de Diciembre de 1883. Sobre esta base material se creó en 1905 la Sociedad Ganadera gente Grande; 2) José Nogueira, 189,000. Has., el 29 de Abril de 1889 y 1.000,000 de Has., por decreto de 9 de Julio de 1890; y 3) Mauricio Braun, 170,000 Has., el 15 de Noviembre de 1889.

Las dos concesiones hechas a José Nogueira, unidas a la concesión Braun, estimadas en una superficie de 1.359,000 Has., dieron origen, años más tarde, a la Sociedad Explota­dora de Tierra del Fuego.

Por muchos años las dos Compañías citadas mantuvie­ron en su poder toda la superficie explotable de la Isla Gran­de de Tierra del Fuego. A la fecha, la Sociedad Ganadera Gente Grande mantiene el total, después de renovaciones sucesivas, y la Sociedad Explotadora la mayor y mejor parte de sus posesiones primitivas.

Entre 1891 y 1893, se concedieron en la Patagonia occidental 250,000 Has. más. Sumamos así 1.9 73,000 Has. De ellas 1.4 70,000 concentradas en poder de tres personas y el resto subdivididas en extensiones suficientes, pero no exce­sivas. Bastan estas cifras globales escuetas para comprender el craso error político-económico del sistema y sus funestas proyecciones. Hasta entonces, como expresamos antes, las es­tancias que se dedicaban a la crianza de la oveja tenían ex­tensiones compatibles con el ritmo de la explotación; pero sin alcanzar superficies desmedidas. Y así la ganadería progre­saba, la población tenía trabajo y el volumen de los negocios se extendía en un proceso natural y paulatino.

¿Qué razón había para alterar este orden de cosas, cuya bondad se conocía por sus resultados? En la Patagonia na­ció y se consolidó la industria ganadera sin que se diera paso a las grandes concentraciones de terrenos; y, a pesar de ello, con esta experiencia a la vista, el Fisco entregaba Tierra del Fuego a tres personas. No se comprende por qué allá limitaba los permisos de ocupación v gravaba los arrendamien­tos con precios relativamente onerosos, y, aquí, entregaba en una orgía de prodigalidad cientos de hiles de hectáreas.

Y esta anomalía, que nos hace pensar en una desorgani­zación absoluta, en una carencia de criterio de estadistas que ordena y crea para el futuro, en un desinterés por Magalla­nes y sus enormes posibilidades de progreso, justificables sólo desde una visión de corto alcance, se vió repetida y agra­vada con una nueva institución que no tiene con la concesión diferencia esencial, como no sea de nombre y origen; pero, que, en sus resultados inmediatos y mediatos, fué uno de los factores que fijó el panorama futuro de Magallanes. Nos re­ferimos a los contratos de colonización.

Contratos de colonización

Los contratos de colonización, derivan su origen de una Ley del 4 de Agosto de 1874, cuyo artículo 11 estableció: 'A los particulares que quieran establecer colonias por su cuen­ta en el territorio indígena se les concederá hasta ciento cincuenta hectáreas de terrenos planos o lomas, o bien, el doble de las serranías o montañas por cada familia inmigrante de Europa o de los Estados Unidos de Norte América, previas las condiciones que estableciere el Presidente de la Repúbli­ca en los respectivos contratos'.

'A los hijos o miembros de familia mayores de diez años y a los de esta edad hasta la de cuatro, se les concederá a los primeros la mitad del terreno que señala el inciso ante­rior y a los segundos una cuarta parte'.

Ante tanta liberalidad, algunas personas deseosas de ha­cer fortuna rápidamente suscribieron con el Fisco los res­pectivos contratos. Tales: Ramón M. de la Fuente, que por Decreto N.°- 30, de 9 de Enero de 1901, se comprometió a in­ternar en Magallanes mil familias; Vicuña y Larenas, Juan Tornero y otros, que suscribieron iguales contratos en Agos­to de 1901; y Fuenzalida Rudolply y Cía., el 6 de Septiem­bre de 1901.

Los resultados sobrevivientes fueron deplorables e in­mediatos. No podía ser de otra manera. Se trataba de gen­tes nacidas y radicadas en el centro del país, que obtuvieron estas prebendas gracias a sus influencias políticas y socia­les. Desconocían la región de Magallanes, sus posibilidades de realización industrial y la peculiar técnica que la ganade­ría requiere allí. Consideraron para acometer sus gestiones las ventajas que la ley citada deparaba y sólo muy vagamen­te las obligaciones que imponía. Ninguno de ellos hizo frente a las etapas iniciales de la empresa. Ante el fracaso del sis­tema, el 14 de Julio de 1901 se decretó la nulidad de las concesiones vigentes, destinándose los terrenos cedidos a una nueva colonización, sometida a exigencias más estrictas y perentorias. En efecto, se prescribó el tramite de la propues­ta pública para acogerse a los beneficios de la ley, y se es­tableció el plazo de un año, contado desde la aceptación de la propuesta, para dar comienzo a la introducción de los colonos, so pena de caducidad de los respectivos contratos.

Luego de largos y embrollados litigios entre los conce­sionarios y el Fisco, no se dió cumplimiento al decreto de 1904 y la situación permaneció tal cual estaba. En definiti­va, todos los terrenos fueron transferidos a grandes Compañías de Magallegas, las cuales obtuvieron que se les trans­formara la obligación de colonizar en mero permiso de ocu­pación.

En la imposibilidad de señalar la trayectoria de cada uno de los contratos suscritos, seguiremos uno de ellos para demarcar claramente el proceso-tipo, reproducido análoga­mente en todos los casos semejantes: Fuenzalida Rudolphy y Cía., por Decreto Supremo N.º 1.,107, de 6 de Septiembre de 1901, obtuvieron una concesión de 600,000 Has., corres­pondientes a la introducción de mil familias.

Por Decreto N.° 2,098, de 18 de Octubre de 1901, se apro­bó la designación de los terrenos hecha por los concesiona­rios. En 1905, por Decreto de 18 de Mayo, fué aprobada la transferencia de derechos hecha a la Sociedad Ganadera Ponzonby y Última Esperanza.

El Decreto N.° 1,617, de 15 de Septiembre de 1905, acep­tó la propuesta de la Sociedad Ponzonby para convertir su contrato de colonización en un permiso de ocupación por veinticinco años, contados desde la fecha de este decreto.

Y, finalmente, por Decreto N.° 395, de 20 de Marzo de 1906, aprobóse la transferencia correspondiente de la Socie­dad Ponzonby a la Sociedad Riqueza de Magallanes, y la que ésta, a su vez, hizo a la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego.

De la misma manera, la Sociedad Industrial y Ganadera de Magallanes detentará hasta el 28 de Enero de 1940, des­pués de la renovación correspondiente, 161,046 Has. en la península de Brunswick y 321,664 Has. en Tierra del Fuego, como concesionaria del contrato de colonización suscrito por don Moisés de la Fuente, Mauricio Braun, Mayer Braun y José Menéndez obtuvieron 175,000 Has. en total, producto de la concesión Juan Tornero. Y así en los demás casos.

Tiene, pues, una base de razón indiscutible incluir este sistema de los contratos de colonización entre los factores que contribuyeron a la formación del latifundio en Magallanes. Cabe señalan que en este caso particular, más que en las re­soluciones anteriores y posteriores relativas a las tierras fis­cales de Magallanes, se revela palpablemente la carencia de una idea directriz, definida y permanente, de una política organizada en la cual cada una de las gestiones convergiese exactamente a un fin preciso. Sin calificación previa de los oponentes, se le entregaban desmesuradas extensiones de te­rrenos, con obligaciones muy diluídas, sin garantías ni de­terminación de medios compulsivos eficaces para resguardar los intereses del Fisco. El Gobierno, ante la conciencia herida de sus intereses y su inepcia, favorecía al primer ca­ballero que le ayudara a salir del paso. Más tarde se repite la misma actitud frente a los concesionarios de los contratos: acepta buenamente la restricción de todas sus obligaciones, hasta reducirlas materialmente a cero, para librarse por el momento de la preocupación. Esto es tanto más claro y gra­ve, si consideramos que nunca se tuvo la diligencia mínima de consolidar definitivamente la situación legal de las concesiones. En efecto, el artículo 11 de la Ley de 1374 se refiere a 'territorio indígena' y es muy discutible establecer si Magallanes se encontraba comprendido en esta denomina­ción. La facultad del Presidente de la República como administrador de los bienes fiscales, que concedía la Constitu­ción Política de 1833, en vigencia entonces, era, también, un fundamento bastante débil sin embargo, de no haberse alu­dido a ella en los decretos y contratos respectivos.

Posteriormente, la inestabilidad legal de estas concesio­nes, sirvió de fundamento para interponer acciones de nu­lidad en contra de casi todas ellas.

Se advierte claramente como la falta de un criterio po­lítico inicial, basado en el conocimiento de la realidad magallánica, y la conveniencia inmediata y futura del país, per­mitió que se concentraran en manos de unas pocas personas jurídicas, favorecidas con largueza en otras ocasiones, cien­tos de miles de hectáreas sin obtener el Fisco ninguna re­tribución.

Enajenación de tierras fiscales

Hasta los primeros años de 1900, las tierras fiscales de Magallanes se entregaron a título de simples permisos de ocupación, en concesiones, o en arrendamientos de acuerdo con las leyes de los años 1884 y 1893. Esta situación no sa­tisfacía a los estancieros de la región. Estimaban que la es­tabilidad y progresión de sus empresas requerían la propie­dad del suelo. Tal era también en su pensamiento el interés del Estado; porque todos los otros sistemas, provisorios de por sí, fomentaban una explotación de rapiña, tendiente a obtener el máximo de rendimiento del suelo durante el pla­zo, más o menos largo, que fijaba el permiso o contrato respectivo, invirtiendo capitales irrisorios y eludiendo toda obra o mejora que no fuera estricta e inmediatamente indis­pensable.

Las gestiones persistentes de los estacioneros, después de muchas promesas incumplidas y otros tantos aplazamiento, tuvieron éxito.

Por ley N.° 1,518, de 13 de Enero de 1902, se autorizó al Ejecutivo para enajenar hasta un millón de hectáreas de tierras fiscales de Magallanes en el plazo de tres años. La Ley N.° 1,716, de 23 de Diciembre de 1904, extendió la auto­rización a un nuevo millón de Has., por el plazo de dos años. Y el 25 de Enero de 1907, la Ley N.° 1,914 la renovó por cin­co años. La traducción material de lo enunciado fueron seis remates de tierras, que tuvieron lugar en Santiago, entre los años 1903 y 1.906, con el resultado que indica el cuadro si­guiente:

Fecha

Ubicación N.° de Has Valor Promed.

20-2-1903

Patagonia

1.026,889

5.562,1.08.65 $

5.41

1-9-1903

”

257,251

790,662.10

3.07

15-2-1904

U. Esperanza

34,850

331,450-

9.51.

25-8-1905

”

-351,654

4.31.1,294.20

12.25

25-8-1905

Patagonia

53,693

1.077,872.1.0

20.07

10-9-1906

”

32,515

700,564.50

21.52

-

Totales

1.756,852 $

12.7 73,906.55 $

7.2 7

En esta forma, el Fisco se desprendió de 1. 756,882 Has. de tierras de la mejor calidad. La prueba está en que no hubo insistencia para que se subastase el resto, hasta completar los dos millones que comprendía la autorización de las leyes citadas. Los oponentes quedaron complacidos en exceso.

Para confirmar la aseveración anterior bastan los siguientes datos: En Ultima Esperanza la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego tiene, entre otras, las estancias Cerro Castillo, con sus secciones Guido y Fuentes de Coyle; allí, en una extensión de 214,000 Has., pastan 20,400 ovejas.

La Sociedad Ganadera y Comercial Menéndez Behthy es propietaria, por ejemplo, de la estancia San Gregorio, en cuyas 91,805.Has. alberga una dotación de 122,849 lanares.

La Sociedad Ganadera Sara Braun posee 42,000 ani­males en 37,000 Has. de extensión.

Todos estos son terrenos propios producto de los re­mates de los años 1903 a 1906. Ahora bien, estas cifras  determinan un coeficiente superior a una oveja por Ha., lo que en opinión de todos los conocedores de la ganadería ma­gallánica es el rendimiento que corresponde a las mejores tierras: 1,25 ovejas por Ha., se calcula como rendimiento teó­rico. Don Julio Calderón, Veterinario Jefe del Servicio de Ganadería y Sanidad Animal de Magallanes, en un estudio sobre la industria ganadera de la región, dice, enjuicio síntesis: 'En proporción a la superficie explotada hay, más o menos, un lanar por cada dos Has., pero en algunas regio­nes, especialmente en Tierra del Fuego, hay dos por cada tres Has., y hasta un lanar por Ha.'

El precio medio global alcanzado, $ 7.27 por Ha., es excesivamente bajo, aún situándonos en la época. Todavía más, no es éste el término medio efectivo, ya que el promedio ge­neral fué alzado artificialmente a partir del remate de 25 de Agosto de 1905, por la concurrencia de grandes socieda­des ganaderas, o sociedades ganaderas improvisadas, que respondieron al agiotismo bursátil que sacudió al país en esa época. La mayoría de estas sociedades no firmaron las es­crituras de compra correspondiente, pasando estas tierras, con posterioridad, a las sociedades magallánicas ya estable­cidas por precios muy inferiores a los citados.

Consideremos que el 1.° de Abril de 1918 se remataron en Tierra del Fuego 61,341 Has., recobradas a la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego, por una renta anual de $ 240,107.50, lo que da un término de. 3.61 por Ha. anual. Es decir, que la renta de arrendamiento de un año se equi­para casi al promedio de venta del segundo remate, y sumadas las rentas correspondientes a dos años resulta una diferencia de cinco centavos, inferior al término general de los seis remates.

Entre la última de las subastas en propiedad y la su­basta del arrendamiento citada hay una distancia de doce años, que resta cierta validez al juicio comparativo; pero no es tanto, si se considera que la industria ganadera entre estas épocas no varió en forma substancial. La progresión del ganado lanar en Magallanes, entre 1906 y 1918, acusa un aumento poco mayor a 300,000 ovejas. Si no se quiere aceptar este punto de vista, creemos que, haciendo las salvedades correspondientes a la diferencia de tiempo, a la diferente calidad de los terrenos, suponiendo mejores los de Tierra del Fuego, a la depreciación de nuestra moneda, el criterio de valorización no puede variar en una decena de años, hasta el punto de alcanzar la acumulación del valor de dos rentas de arrendamiento la misma cifra que la de enajenación, en condiciones más o menos semejantes. Y la objeción queda en pie.

De los aspectos que analizamos podemos concluir dos proposiciones netas: a) el Estado se desprendió de reservas de incalculables proyecciones; y b) las mejores tierras de Magallanes fueron adquiridas por particulares a precios ex­cesivamente generosos.

Estos seis remates fueron una contribución directa al latifundio. Todos ellos se efectuaron en Santiago y, si difícil fué para los estancieros establecidos abandonar sus negocios y llegar en época oportuna a la capital, puede comprenderse que esto fué imposible para numerosos pequeños capitalis­tas a quienes interesaba participar en la subasta. Y, para completar nuestra idea, estos seis remates fueron una con­tribución directa al latifundio extranjero.

Veamos algunas cifra confirmatorias:

427,723 Has. fueron adquiridas por la Sociedad Explo­tadora de Tierra del Fuego. 142,758,2 Has. adquirió José Menéndez. 331,136,8 la Sociedad Ganadera de Magallanes. 71,964,6 la Patagonia Sheep Farming Co. 102, 759,1 la Sociedad Ganadera Laguna Blanca. 49,248,8 Sara Braun y Moritz Braun.

Luego, cuatro sociedades y tres personas adquirieron 1.125,589,8 Has., sobre un total de 1.756,882. Vale decir, casi el setenta y cinco por ciento. Hay otras concentraciones de menor importancia.

Contemplando el otro aspecto: Extranjeros subastaron: 1.680,293,6 Has. Chilenos subastaron: 86,588,4 Has.

Con el tiempo, las transferencias han hecho mayores las concentraciones, y más desmedrada la situación de los chi­lenos en el reparto de la tierra. En 1917 sólo dos estancieros nacionales conservaban sus propiedades, en extensiones no superiores a ochocientas hectáreas. Hoy día ninguno las conserva.

Se podría argüir que criticar esta fuente gestadora de latifundios importa contemplar la situación con criterio actual; sin embargo, no es así. Ya en 1881 decía el Gobernador de Magallanes don Manuel Señoret: 'Si los terrenos de Magallanes se hubieran repartido con “equidad en pequeños lotes, tendría hoy el territorio el doble de población y de riqueza. En 1897, expresaba Robustiano Vera: Sucede que antes de ahora el Gobierno concedía en arriendo grandes extensiones de terreno, cuyos contratos están vigen­tes todavía. Esto perjudica al progreso del territorio; por­ que así las tierras quedan en poder de pocas personas y no pueden explotarlas ni adelantarlas como sería de desear. Esto retarda el progreso. Somos de opinión que se debe limitar la extensión de los lotes a determinadas sumas de Has. para que el beneficio sea para muchos y se trabajen las haciendas que se formen''.

El señor Juan B. Contardi, en un folleto 'La constitu­ción de la propiedad rural en Magallanes', planteó el problema en sus verdaderos términos: legislar, evitando la con­centración de terrenos en poder de grandes sociedades anó­nimas y subdividir las tierras para atraer las inversiones de pequeños capitalistas.

Pero, en esto, la evidencia de las cifras es irredargüible. Hasta 1896 tenían interés directo en la tierra como arrenda­tarios u ocupantes ciento ochenta y cuatro personas. En 1906, cuando todavía estaban frescas en el recuerdo las jor­nadas de los remates, este número había disminuído casi en un tercio. Relaciónese lo antedicho con los datos siguientes:

1885 40,000 ovejas
1895 900,000 ovejas
1906 1.880,000 ovejas
Notable progresión de la dotación lanar, franco progre­so de la industria. En diez años: 22,5 veces mayor riqueza. Entre 1895 y 1906 se duplica el resultado. Cada vez rinde más el suelo, y se reduce el círculo de sus beneficiarios. Las kaleidoscópicas visiones de multiplicación ovina, que propalaron los propiciadores de la enajenación de las tierras, se esfumaron. El censo ganadero dice que en 1918 Había dos millones ciento ochenta y siete mil cuatrocientas cuarenta y ocho ovejas; en 1928 dos millones quinientas mil; en 1935 dos millones seiscientos veintiún mil novecientos once, au­mento que corresponde al rendimiento normal de las tierras, comprendidas las nuevas que se incorporaron a la explota­ción. Entonces, recapitulando, el Fisco perdió el control de todas las tierras aprovechables de la Patagonia y Última Esperanza. Sociedades y particulares extranjeros lograrona vil precio verdaderos feudos, arraigando con vínculos de­finitivos un sistema de explotación anti-económico e irritan­te. Abatieron la subdivisión natural existente y cortaron to­da posibilidad a una redistribución más justa y provechosa.

Sociedades ganaderas de Magallanes

Para tener concentrados un sólo haz visible, cuando planteemos el momento actual del problema agrario en Magallanes, todos los factores que, directa o indirectamente, han contribuido a determinarlo, haremos ahora una rápida incursión esencial a través de las principales sociedades ga­naderas constituídas en el Territorio.

Desde que éstas se formaron, el problema de las tierras de Magallanes adquirió una fisonomía especial. Dejamos cla­ramente establecido que el Gobierno con su descontrolada política de concesiones, contratos de colonización y ventas de tierras, permitió la gestación del latifundio. Entre 1893 y 1905, aunque época sólida y progresista de la industria, no existían individualmente potencias económicas capaces para extender sus negocios más allá de lo que significa naturalmente la vida de un hombre. Entonces creáronse las socieda­des ganaderas que, garantidas por la experiencia y el éxito de los iniciadores, recogieron e incorporaron a la producción las enormes extensiones cedidas y adquiridas. El latifundio determinó como conclusión lógica las sociedades anónimas. Y las sociedades anónimas fueron, desde entonces hasta hoy, un factor que no se puede eludir, suspenderlo o restringir. Es menester colocarlas en el primer plano con todo su peso y valor, porque tienen en su poder la flor y nata de las tierras de la Patagonia, Última Esperanza y Tierra del Fuego, y disponen de cuantiosísimos capitales.

Estos dos elementos traen aparejados siempre un con­junto de valores indefinibles, que otorgan capacidad de ár­bitros a las personas e instituciones. Tal sucede con las so­ciedades ganaderas de Magallanes. Antes no se subdividie­ron y colonizaron las tierras por ignorancia, desidia, desin­terés. Ahora, plantear solamente estos términos significa le­sionar intereses cuantiosos, enfrentar un poder que tiene en sus manos todas las llaves de las situaciones a que da lugar un sistema que el mismo determinó.

Las compañías más importantes, tanto por su capital como por las extensiones de terrenos que explotan, están constituidas en forma de sociedades anónimas. Muchas de ellas, excepción hecha de la Sociedad Explotadora dé Tie­rra del Fuego y de la Sociedad Ganadera Gente Grande, gi­ran también en actividades industriales y comerciales: casas de comercio en las ciudades, heterogéneos almacenes en las estancias, minas de carbón, líneas de vapores que navegan por los océanos Pacífico y Atlántico, bordeando la costa de América del Sur hasta los Estados Unidos, bancos y com­pañías de seguros en común, etc. Entre unas y otras hay vínculos familiares y de intereses que evitan los roces y cho­ques. No hay diferendos entre las grandes compañías, y no puede haberlos, porque tienen muy bien delimitado su radio de expansión.

Constituyen un formidable block de acción común. La vida de los cuarenta mil habitantes de Magallanes depende de ellas. En su torno gira y a su influjo se restringe o ex­pande.

El obrero magallánico gana en sus estancias el salario para él y su familia; compra en sus casas de comercio los artículos alimenticios y de vestuario que necesita, recarga­dos con el precio del flete de sus vapores. Si puede, ventu­rosamente, edificar una casa-habitación, los aserraderos y mercerías le proveen de todos los materiales indispensables. Si él, su mujer, o sus hijos, necesitan hacer un viaje, tienen que utilizar forzosamente, los vapores de esas compañías.

Las sociedades anónimas magallánicas recobran los sa­larios que pagan. Es un círculo de hierro en el cual la ri­queza se acumula con intensidad asfixiante. Trabajo o desocupación, riqueza o miseria; paz o conflicto, dependen de ellas. Quien las mire pensará en un engranaje que actúa con precisión mecánica, infalible e inhumana. En Magallanes es proverbial que, cuando los obreros obtienen un alza en sus salarios, se encarezcan, inmediatamente, las subsistencias en un tanto por ciento igual o superior, consecuencia explicable de la consanguinidad natural y económica que liga a las grandes sociedades.

Esto con respecto a lo que nos atañe directamente. En territorio argentino se repite el fenómeno; exceptuando la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego, que tiene el nú­cleo principal de sus negocios en Chile, las otras sociedades tienen mayores intereses en la Patagonia Argentina.

La Sociedad Ganadera Gente Grande posee 409,234 Has. ­propias en Argentina contra 98,000, entre propias y arren­dadas que explota en Chile. La Sociedad Anónima Ganade­ra y Comercial Sara Braun tiene 200,000 Has. en Argentina y sólo 75,000 en Chile. La Sociedad Menéndez Behethy tiene dos estancias modelos en Patagonia Argentina, con 350,000 animales.

Todas estas sociedades, y algunas menos importantes, son extranjera. No hay necesidad de probar esta afirma­ción respecto a las sociedades Menéndez, Montes y Braun. Las otras dos: Explotadora y Gente Grande, se han valido de artimañas y sutilezas para hacer aparecer un ochenta por ciento de accionistas chilenos, en cumplimiento de la disposición correspondiente de la Ley de 1924, que renovó sus arrendamientos. Más adelante demostraremos que, si bien  actualmente hay numerosos accionistas chilenos, comparati­vamente a los que existían a la fecha de la constitución de ellas, este número no alcanza ni con mucho al porcentaje que se pretende.

Se da así una aberración triple: las tierras magallánicas son explotadas por sociedades anónimas, extranjeras, me­diante el sistema de latifundios.

La Comisión de Agricultura del Senado que estudió la ley N.° 4,547, en el año 1928, llegaba a la conclusión de que la riqueza ganadera de Magallanes se encontraba en poder de treinta y seis sociedades y no más de ciento cincuenta personas. Este dato importa como esfuerzo de precisión; pero, en realidad, treinta y seis sociedades y ciento cincuenta personas exceden, apenas el total de tierras detentadas por una sola sociedad Explotadora de Tierra del Fuego. Y treinta y una sociedades y ciento cincuenta personas reúne, quizás, el cincuenta por ciento de potencia económica de las otras seis ya nombradas. En honor de las sociedades ganaderas Magallánicas sea dicho: a pesar de sus enormes capitales y sus influencias políticas, ellas no ejercen ni la milésima parte del poder que poseen. Son amos y señores de verdaderos feudos en medio de la pampa desolada. En ellos podría imperar su sola vo­luntad. Ni la ley ni la justicia impondrían allí sus restric­ciones. A pesar de todo, actúan en forma relativamente pru­dente y respetuosa. Esto, dicho en honor de las sociedades ganaderas de Magallanes, no de las leyes chilernas ni de las gestiones gubernativas, porque ni unas ni otras comprendieron la gravedad del problema que encierra este sistema, ni sus proyecciones futuras. 

                                            Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego  En 1890 se concedieron a don José Noguera, aproxi­madamente, un millón de Has. en Tierra del Fuego. Los tér­minos principales de la concesión fueron los siguientes:

1) El señor Nogueira se comprometía a constituír en el plazo de tres años, contados del 1.° de Octubre de 1890, fecha en que se otorgó la escritura pública respectiva, una so­ciedad anónima cuyo capital sería de un millón de pesos a lo menos. 2) El término de la concesión sería por veinte años, a contar de la legalización de la Sociedad; y 3) El concesionario se obligaba a dejar en los terrenos cedidos mejoras por valor de cien mil pesos.

El 16 de Septiembre de 1893 se aprobaron los estatutos de la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego, organiza­da por la sucesión del señor Nogueira, fallecido en 1892.

El capital inicial ascendió a un millón doscientos cin­cuenta mil pesos, dividido en 2, 500 acciones de quinientos pesos cada una.

Las gestiones preparatorias a la creación de la Socie­dad Explotadora fueron difíciles, porque se tropezó con la timidez de los capitalistas del centro del país. Finalmente, todo se resolvió de un modo favorable, merced al concurso prestado por la Casa Duncan Fox y Cía. de Valparaíso.

Las cifras siguientes dan una idea del ritmo próspero inmediato que cobró la Sociedad:

En 1901 se aumentó el capital a $ 1.625,000 por capita­lización de las reservas y ganancias del año. En 1905 se elevó a seis millones de pesos. En 1906 a un millón doscientas mil libras esterlinas. En 1917 a un millón quinientas mil libras.

Paulatinamente, por adquisición de terrenos y fusión de sociedades, Explotadora fué extendiendo su potencia y­ radio de acción hasta constituir una gran Sociedad, que con­centraba en sí el setenta y cinco por ciento de las tierras explotables.

El 25 de Septiembre de 1905, en los remates de tierras de Última Esperanza y Patagonia, la Sociedad obtuvo direc­tamente o por transferencias posteriores treinta y ocho lotes, con una cabida efectiva de 427,723 Has.

El 31 de Diciembre de 1906 adquirió, por fusión con la Sociedad Riqueza de Magallanes, la concesión de 9550,000 Has., 350,000 ubicadas en Tierra del Fuego y 600,000 en Última Esperanza, correspondientes a las concesiones origina­rias Braun- Nogueira y Ponzonby, respectivamente.

En 1907, por adquisición del Activo y Pasivo de la So­ciedad Explotadora de Cerro Palique y compra directa he­cha al Banco de Amberes, aumenta sus efectivos con 107,000 Has. en propiedad, ubicadas en territorio argentino.

El 10 de Enero de 1910 adquiere el Activo y Pasivo de la Sociedad Ganadera de Magallanes, incorporando así a su dotación 340,535 Has., ubicadas en la Patagonia.

Reduciendo,  tenemos que la Sociedad Explotadora de­tentaba en 7.910, por diversos títulos:

1.359,000

Has. en Tierra del Fuego.
600,000 Has. en Isla Riesco o Polzonby, y otras regiones.
380,000 Has. propias en Ultima Esperanza.
107,000 Has. propias en territorio argentino.

365,500 7,500

Has. propias en la Patagonia chilena. Has. propias en Tierra del Fuego argentina.

2.810,000 Has. en total.

En 1910 a dieciocho años de su constitución, la Socie­dad Explotadora de Tierra del Fuego significaba: 2.810,000 Has. y 1.500,000 libras esterlinas de capital.

Seguir la evolución de la Sociedad no ofrece mayores dificultades. El 'quantum' de las tierras propias se man­tiene sin alternativas. En los otros rubros se producen algunas modificaciones: así, en 1913 venció el plazo de las con­cesiones en Tierra del Fuego. Por Decreto N.° 841, de 7 de mayo de 1913, en virtud de la autorización concedida al Pre­sidente de la República en la Ley 2,753, de 29 de Enero del mismo año, se le entregaron en arrendamiento por quince años 1.176,160 Has. El resto, 200,000 Has. aproximadamente, fueron deducidas para subastarse en arrendamiento en lo­tes no superiores a cinco mil Has.

La renta anual del nuevo contrato se fijó en un peso por hectárea, valor que se aumentó a dos pesos cincuenta, de nueve peniques, a partir del año 1921.

Antes de que venciera el contrato respectivo, la Socie­dad obtuvo, por Decreto-Ley N.° 42, de 14 de Octubre de 1924, dictado de acuerdo con la Ley N.° 4,04, de 9 de Sep­tiembre de ese año, la renovación de sus arrendamientos por el plazo de dieciséis años, a contar desde el 16 de Septiem­bre de 1928, sobre una cabida total de 950,000 Has. El exce­so se devolvió en dos lotes, uno de 126,160 Has., designado por la Sociedad, y otro de 100,000 elegido por el risco.

Se estipuló como venta de arrendamiento la cantidad de 28 peniques por Ha. al año, pagadera por anualidades ven­cidas, lo que da un total de 110,833 libras esterlinas 6 cheli­nes, 8 peniques anuales. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.° del Decreto-Ley citado, la Sociedad arrendata­ria se comprometía a anticipar el pago total de la renta del arrendamiento por los cuatro años que faltaban para la ex­piración del contrato de 1913, y por los dieciséis años de la nueva prórroga, estipulándose un descuento del seis por cien­to de interés compuesto anual. En definitiva, al momento de firmar la escritura pública, Explotadora debió pasar la su­ma de $ 1.244,551 libra esterlina 12 chelines 8 peniques.

Hay en ambas gestiones muchos aspectos que merecen especial análisis. Más adelante los examinaremos con deten­ción. Por ahora, seguimos preocupados de inventariar las tierras de la Sociedad. El 15 de Septiembre de 1930, la Sociedad entregó 600,000 Has. correspondientes al vencimiento de la Concesión Pon­zonby y no se interesó por renovarlas.

Entonces, la Sociedad tiene, actualmente, sumadas a las 815,000 Has. propias, nuevos lotes adquiridos a particulares, en Última Esperanza, Tierra del Fuego y territorio argen­tino, 1.048,926 Has. en. Propiedad y 950,000 Has. arrenda­das en Tierra del Fuego.

Su capital se ha elevado a 1.800,090 libras esterlinas, di­vidido en acciones de una libra. La dotación lanar permanente que mantienen sus estancias se estima en 1.350,000 ove­jas aproximadamente. Ahora bien, esta inmensa riqueza acumulada y repar­tida entre un mínimum de grandes accionistas de la Socie­dad, ¿ qué ha significado como contra-partida al Fisco y al pueblo de Magallanes? Podemos afirmar rotundamente que el Fisco procedió siempre con absoluta torpeza, obteniendo cantidades exiguas por concepto de enajenaciones y rentas, en proporción a las utilidades logradas por la Sociedad. Los lotes enajenados en Última Esperanza arrojaron un promedio de $ 12,25 por Ha. y el de la Patagonia $ 6,80. No viene al caso destacar la generosidad del precio. El mal estuvo en la venta. Hoy ­día, estas sumas, consideradas con la diferencia de valor de nuestra moneda, equivaldrían escasamente a la renta de unos tres años.

La pobreza de las rentas de arrendamiento percibidas queda de manifiesto comparando las fluctuaciones que éstas sufrieron entre 1893 y 1928.

Así, las 1.359,000 Has. de Tierra del Fuego rindieron al Fisco, entre 1893 y 1913, quinientos mil pesos, pagaderos en mejoras. En buen romance: nada absolutamente, por­que estas mejoras hubo de hacerlas forzosamente la Socie­dad para explotar sus campos y de ellas usufructuó y sigue usufructuando.

Entre 1913 y 1921 un peso anual por hectárea. Entre 1921 y 1928 dos pesos cincuenta por hectárea. Desde 1928 a 1914 veintiocho peniques anuales por hec­tárea.

Y desde 1914 a 1957, según el contrato ad-referendum suscrito de acuerdo con la actual Ley de Tierras, pagarán anticipadamente las rentas a razón de 33 peniques la hectá­rea, fuera de un aporte anual de quinientos mil pesos, para contribuir al financiamiento de una línea de vapores que la Empresa de los Ferrocarriles establecería entre Magallanes y Puerto Montt. Esto equivale a elevar la renta a treinta y cinco peniques por hectárea anual.

Las fluctuaciones son decidoras, evidentemente. Esto es suficiente para demostrar que el Fisco hizo siempre un mal negocio, negocio que no habría hecho el particular más torpe. Ahora, no se requiere ser profeta para creer que, a pesar de los treinta y chico peniques reales a que ascenderá la nue­va renta, el Fisco perderá. nuevamente. Si la Explotadora acepta sin resistencia dichos precios, es porque sabe muy bien lo que da y lo que recibirá en compensación. Esta So­ciedad está administrada muy inteligentemente. Quien haya seguido, someramente siquiera, su trayectoria, analizado su constitución y rodaje interno y, hojeado rápidamente sus Memorias Anuales y Lista de Accionistas, no puede menos de admirarse ante tanta prudencia y sabiduría. Con ella el Fisco siempre llevará las de perder. A todo lo dicho hay que agregar que, tal como en 1913 y 1924, en 1938 sucederá que las hermosas cifras globales teóricas que el Fisco deberá per­cibir, sufrirán una merma considerable, a consecuencia del descuento del seis por ciento, calculado sobre la base del in­terés compuesto en esas ocasiones y reducido al interés sim­ple ahora, por concepto de la percepción anticipada del total de las rentas. Otro motivo de ganancia para la Sociedad Ex­plotadora. Aunque no venga al caso, vale la pena contrapo­ner la sabia administración de esta compañía a la desastrosa administración fiscal. Explotadora gana y reparte sus ga­nancias; pero, al mismo tiempo, acumula y reserva. Así, siempre tiene como responder frente Fisco, que dejó escurrir entre los dedos las fantásticas sumas percibidas por las rentas del salitre y ahora, por obra y gracia de una política financiera incalificable, hace aparecer como ficticios recur­sos seguros y permanentes, que podrían constituir una pre­ciosa fuente de reserva nacional.

Como corroboración viene bien aquí la clara planteación hecha por el diputado Ribeck, durante la discusión del pro­yecto en la Cámara de Diputados: '¿Puede alguien creer que la compañía arrendataria paga anticipadamente ochocientos veintinueve mil libras esterlinas y, además, qui­nientos mil pesos anuales durante  veinte años, por una concesión que realmente vale sólo ese dinero? Es induda­ble que la compañía afronta tales pagos inmediatos; por­que el arrendamiento le costaría, hecho normalmente, cincuenta por ciento más o, talvez, el doble?”.

Abordando otro aspecto: el Fisco llevó, también, la peor parte al devolver la Sociedad extensiones de terrenos seña­ladas de acuerdo con las leyes de 1913 y 1924. Y esto con gran desmedro de nuestra política agraria. En general, la empresa cumplió estrictamente con la entrega de las exten­siones exactas en la época fijada; pero devolvió lo peor de su continente, las tierras de calidad inferior. Esto fué ma­nifiesto, sobre todo, con respecto a la devolución de 126,160 Has. de tierras montañosas y sin playas pertenecientes a la Sección Camerón, en Tierra del Fuego, que reintegró al Es­tado el 16 de Septiembre de 1928, de acuerdo con lo dispues­to en el Decreto-Ley N.° 42. de 14 de Octubre de 1934.

Y la actitud es muy explicable: la Sociedad vela por sus intereses, trata de aprovechar las coyunturas favorables y de sortear en la forma menos onerosa las exigencias que se le imponen. Sabido es que las personas jurídicas no tienen alma y, a veces, se permiten no tener conciencia. Esta, ade­más, tiene un tino tal que obliga a pensar en una sociedad anónima dotada de inteligencia y sensibilidad propias.

Lo cierto es que, frente a un gran poder sabio, se re­quiere otro poder igualmente sabio para establecer el equilibrio medio, que exige la conveniencia social. Así no fué, ni es. Ojalá sea algún día. Magallanes lo necesita y el país también.

Persistiendo en nuestra intención de señalar las deficien­cias que acusa la política seguida, debemos aludir a un an­tecedente técnico que nunca se ha valorizado suficientemen­te, restando, con ello, ingentes sumas de dinero a las arcas fiscales. Nos referimos a la mensura de tierras. Las cabidas que en los roles y planos del Ministerio de Tierras y Coloni­zación se dan como efectivas están muy lejos de ser las que realmente corresponden. En general, las mensuras se han hecho en momentos de apremio, al avecindarse los remates. Esto, agregado a las dificultades de todo género que ofrece la topografía del terreno, los inconvenientes materiales para realizar el trabajo y el poco rigor de la oficina fiscalizado­ra, han determinado totales aproximados, inferiores a los reales. Existen por este capítulo varios miles de hectáreas detentadas a título gratuito. Tan es verdad lo que afirmamos que en 1936 se produjo un caso revelador. Correspondía entregar unos lotes de terrenos a la Sociedad Colonizadora Llanquihue. Dos personas interesadas sostuvieron que los límites eran inexactos y solicitaron la remensura de la conce­sión. El Ministerio contestó que nos disponía de los fondos para hacerlo. Los particulares tornaron a su costa esta ope­ración. Al realizarla se comprobó un exceso de siete mil hec­táreas a favor del Fisco. En potencia, hay muchos casos de esta índole que no se revelan,  porque no ha surgido el inte­rés o la oportunidad propicia. Esto tiene mayor vigencia con respecto a la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego, que, en sus enormes extensiones, tiene posibilidad de en­marcar muchas hectáreas más que las designadas en el plano.

Todos los contratos de arrendamiento y concesiones con­tienen una cláusula de estilo, formulada más o menos en los siguientes términos: 'Las mejoras e instalaciones que se efectúen dentro del terreno arrendado, (o concedido), una vez terminado el arriendo pasarán a poder del Fisco'. Lo que se entiende en los términos antedichos no tiene hoy po­sibilidad de traducción material. Las grandes compañías y preferentemente, las que ahora analizamos, se han valido de un expediente ingenioso para burlar la obligación impuesta. El Gobierno, de acuerdo con la Ley N.° 985, de 29 de Di­ciembre de 1897, concedió gratuitamente extensiones de te­rrenos urbanos o rurales con la condición de que en ellos se instalen industrias. La Compañía solicitó, dentro de sus res­pectivas estancias, lotes que bordean las veinticinco hectá­reas, espléndidamente ubicados y constituidos por tierras de la mejor calidad. Instaló allí graserías. Una vez obtenidos los títulos definitivos de propiedad se esfumaron las graserías e industrias anexas y en su lugar alzáronse los baños, galpo­nes de esquila y demás instalaciones y edificios de la estan­cia. Así se aseguraron 'ab eternum', en su pequeño reduc­to, la propiedad de las mejoras actuales y futuras. La burla no puede ser más manifiesta. Sin embargo, nada se ha hecho para salvar los intereses fiscales en las sucesivas renovacio­nes de contratos. En el futuro, cuando esas tierras se rescaten y subdividan, surgirá el conflicto con todos sus caracte­res. Fuera del abuso de derecho, que importa para el Fisco una pérdida de varios millones de pesos, hay que considerar el interés de los futuros ocupantes o colonos. ¿ Será muy aventurado pensar que la Sociedad Explotadora tendrá, en estos reductos estratégicos, una vía espléndida para ejercer su poder en el grado y la forma que sus conveniencias re­quieran? Cabe suponerlo, en todo caso. En fin, aunque más no fuese para salvar su miope liberalidad, corresponde al Fisco imponer sus derechos, y cuidar en adelante de pensar­lo dos largas veces antes de otorgar estos beneficios gracio­sos y excesivamente bien intencionados. Cuando se es total­mente generoso se crea en el favorecido una disposición de ánimo tendiente a justificar todos los abusos.

Dimos tanta extensión al análisis de esta Sociedad Ex­plotadora de Tierra del Fuego, porque constituye el tipo de las sociedades ganaderas magallánicas. Es la culminación de lo que todas significan en poder, finalidades y dirección. En muchos casos expusimos dentro de su marco hechos u opi­niones que valen con respecto de las otras. Así lo señalamos y lo señalaremos en el momento oportuno. Es el caso que la claridad de la exposición imponía canalizar en una sola di­rección el caudal de nuestras observaciones, y nada más pro­picio para ello que la Sociedad Explotadora, padrón, repe­timos, de sus similares. Al pasar revista a éstas marcaremos, pues, las diferencias únicamente, para tender, después, en amplias dimensiones, las líneas que, por debajo de sus ca­racterísticas individuales, puedan unir a todas ellas en un común sentido de posición frente al problema agrario de Magallanes.

Sociedad Ganadera Gente Grande

Sobre la base de 123,000 Has., constitutivas de la con­cesión Wehrman y Cía., en Tierra del Fuego, se fundó la So­ciedad Ganadera Gente Grande. Sus estatutos fueron apro­bados por Decreto Supremo N.° 1,471, de 6 de Abril de 1905.

Después de las prórrogas otorgadas en 1913 y 1924, la Sociedad goza de 73,700 Has. arrendadas en Tierra del Fue­go, 50,000 Has. propias en Isla Dawson, 400,000 Has. adqui­ridas en el año 1918 en el territorio argentino de Neuquén, y 9,249 Has., adquiridas en 1937 en la provincia de Buenos Aires. Explota, en consecuencia, alrededor de 532,914 Has., de las cuales 123,700 en Chile y 409,294 en Argentina.

Su capital social primitivo fué de $1.625,000, dividido en 32,500 acciones de cincuenta pesos cada una. A la fecha, éste representa 400,000 libras esterlinas, en acciones de una libra.

Como punto de referencia para fijar el volumen de los negocios de la Sociedad, estampamos las utilidades corres­pondientes a un año de cada uno de los tres últimos decenios:

1918 £ 85,000
1929 12, 737.5.1
1936 56,400

En los campos de la Sociedad, Chile y Argentina, pastaban en 1936 230,367 lanares. La cotización de sus acciones en la Bolsa de Santiago ha fluctuado este año entre $ 153 y $187.

Ahora debemos mencionar tres sociedades de origen se­mejante y similares características. Son ellas: la Sociedad Anónima Ganadera y Comercial Menéndez Behety, Socie­dad Anónima Ganadera y Comercial Sara Braun y la So­ciedad Ganadera y Comercial José Montes. Como socieda­des organizadas datan: de 1914 la Sociedad Sara Braun y desde 1903, coincidiendo con los remates de tierras donde constituyeron su acervo, las otras dos. Pero en cuanto a su origen primero, hay que remontarse a los comienzos de la ganadería magallánica y citar a José Menéndez, Mauricio Braun, Sara Braun y José Montes.

Determinar el capital de cada una de ellas, es punto menos que imposible, pues, constituyen en conjunto una alianza, fomentada por comunes intereses y lazos familiares. Las tres, aparte de sus establecimientos propios, tienen ex­tensa participación en las otras empresas y sociedades gana­deras del territorio. Así, sumando de la lista de accionistas de la Sociedad Explotadora de Tierra del ruego, determinamos un total de 217,302 acciones pertenecientes en conjun­to a dichas sociedades y algunos de sus miembros individual­mente considerados:

Como dato ilustrativo, vale la pena transcribir aquí la cifra de diez mil millones ($10.000,000.000), que el Senador Schnake, asignó a la fortuna de las tres familias,'como un cálculo más o menos prudente', en la sesión del Senado, en 17 de Agosto de 1937. No sabemos hasta qué punto sea exac­to, ni creemos que haya una manera cierta de comprobarlo. Son tan enormes los capitales y utilidades de estas empresas que explotan establecimientos ganaderos modelos. Tienen el monopolio de la navegación entre Magallanes y Valparaíso, línea de vapores a Buenos Aires. Establecimientos comercia­les, minas, aserraderos. Una red de casas de comercio a lo largo de la costa argentina y participación mayor o menor en un sinnúmero de sociedades de toda índole. Todo cálculo para fijar su potencia económica entra en el terreno de la mera probabilidad, bordeando la conjetura.

Concretándonos a su significación en la ganadería regional, podemos determinar que, el volumen de sus negocios, es mucho mayor en Argentina que en Chile. Aproximada­mente tres veces superior. Menéndez Behety explota en la Patagonia chilena y Última Esperanza extensiones estima­das en 138,162 Has., con una población lanar que se aproxi­ma a 141,250 ovejas. Estas tierras fueron ocupadas por don José Menéndez a partir de 1878, año en que adquirió qui­nientas ovejas importadas de Islas Falkland a don Mario Marius. Esta es la fecha y el hecho que tan enormes proyec­ciones tendrían.

En los remates de 1903 a 1906 José Menéndez fue uno de los pocos ocupantes de tierras, que decidió y logró adqui­rir las posesiones que explotaba. Otros estimaron muy subi­dos los precios o fueron abatidos por el poder de las com­pañías concurrentes. Menéndez adquirió sus terrenos, en va­rios lotes, pagando por ellos desde cincuenta centavos a cin­co pesos la hectárea. En Patagonia argentina la Compañía tiene dos estancias modelos donde pastan 350,000 lanares.

La Sociedad Anónima Ganadera y Comercial Sara Braun explota en terreno chileno unas 75,000 Has., con un contingente de 84,000 lanares. Este patrimonio es, también, producto de los remates de tierras. En Argentina tiene 200,000 Has. La Sociedad Ganadera José Montes trabaja en Chile 42,000 Has. propias que contienen 30,000 ovejas.

Consolidadas estas empresas en la propiedad del suelo que trabajan, no significan, inmediatamente, escollo impor­tante, para subdividir y colonizar las tierras. Aparte de su participación en otras sociedades ganaderas, no tienen rela­ciones de arrendamiento o concesiones con el Fisco, y no son, por tanto, motivo generador de resoluciones privilegiadas, ni tienen razón de burlar los derechos fiscales.

Hicieron un espléndido negocio con la adquisición de sus tierras en los desgraciados remates de comienzos del si­glo, como lo hicieron todos los que en ellos participaron. Ahora se preocupan de obtener de ellas mayor rendimiento cada año y lo consiguen fácilmente. Disponen de tan cuan­tiosos capitales que nada les significa importar a precio de oro reproductores premiados en el extranjero, con el fin de mejorar la raza de sus ganados y, con ello, los productos de la exportación.

No son éstas las únicas sociedades ganaderas, pero sí las más importantes y características. Si nuestro propósito hu­biera sido hacer una monografía extensiva, no podíamos ha­ber eludido la mención de la Sociedad Ganadera y Coloni­zadora Llanquihue, la Sociedad Ganadera Laguna Blanca, la Sociedad Industrial y Ganadera de Magallanes, y muchas otras de igual o menor entidad. Pero nuestro análisis se redujo más bien a marcar direcciones fundamentales y a se­ñalar datos y situaciones en función de ciertos puntos de vis­ta, rechazando acumulaciones inútiles, o puramente deco­rativa.

Recobrando el orden de nuestra exposición, ¿qué significa inmediatamente para Magallanes el auge sin preceden­te, creciente siempre, de las grandes sociedades ganaderas? Para mayor facilidad, del analista, bifurcaremos la cuestión en dos aspectos fundamentales: situación del obrero en las estancias; y, promedio de beneficios que las sociedades de­jan en Magallanes.

Situación del obrero en las faenas ganaderas

Según el convenio ganadero que rigió entre el 1.° de No­viembre de 1936 y 31 de Octubre de 1937, se pagaban los si­guientes salarios:

- - Desde cl 1.° Nov. al 30 de Abril. Desde el 1.° Mayo al 31 de Oct.
Ovejeros de estancia $ 594.- mensuales

$ 495

Peones 569.25 ' 455.40
Peones 210 ' 379.50 - 569.25
Cortadores de carne 603 ' 482.40
Cocineros, hasta 10 hombres 697.68

'

581.40
Cocineros, de 70 a 100 hombres 1,244.16

'

1,036.80

Esquiladores, $75.60 por cada 100 animales esquilados. Velloneros, $ 416.25 mensuales.

Estos son, los salarios libres, comprendidos alojamien­to y comida.

A ojos profanos, dichas cifras pueden aparecer como reveladoras de un equilibrio social insuperable. No hay tal, sin embargo: No se pueden juzgar los salarios que se pagan en Magallanes por los que, en trabajos más o menos seme­jantes, obtiene un obrero en el centro del país. El año ganadero se divide en las siguientes fases y épocas:

Mes de Mayo: monta. Junio a Septiembre: gestación. Septiembre a Octubre: parición. Noviembre: Castración, marca, amputación de la cola. Diciembre a Enero: aparta de corderitos, esquila baño. Febrero a Abril: faenas frigoríficas. Abril a Junio: faenas de graserías.

De todo este proceso sólo los comprendidos entre los me­ses de Octubre a Enero y Febrero a Abril, es decir, la faena, desde la castración hasta la esquila y baño, de el primer pe­ríodo, y las frigoríficas, en el segundo, demandan gran can­tidad de brazos. Entonces, normalmente, la época de trabajo del Obrero ordinario puede considerarse reducida a 120 días aproximadamente. Excepcionalmente, si logra tener cabida en los frigoríficos, que exigen mucho menos personal, puede ampliarse el plazo a ciento ochenta días.

De un folleto de K. Carnegie Ross, Sub-Gerente de la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego, transcribiremos algunos datos, seleccionados exprofeso para impresionar favorablemente a la Honorable Comisión Parlamentaria que visitó Magallanes en 1935:

 

ESTANCIA CERRO CASTILLO

Ismael Barrientos: -
faena, 87 días $ 1,166.40
esquila, 41 días 2, 704.80
frigorífico, 56 días 1,847.30
Total 184 días $ 5,718.50
Término medio: $ 31.08 diarios. -

ESTANCIA CERRO GUIDO

-
Santiago Barría: -
esquila, 38 días $ 1,614.90
frigorífico, 56 días 3,649.25
Término medio: $ 56.70 diarios. $ 5,624.15
Total 94 días -

ESTANCIA BORIES

-
Luis Núñez R.: -
esquila: 42 días $ 3,163.64
frigorífico, 56 días 3667.50
Total: 98 días $ 6,831.14
Término medio: $ 69.70 diarios. -

Lo normal y corriente es que el obrero trabaje durante las faenas de temporada. La esquila, exige un personal mí­nimo y especializado; el trabajo frigorífico mantiene todos los años el mismo personal y, como su ritmo de labor es mu­cho menor, sólo recogen una pequeña parte de la población obrera flotante.

Tendríamos así que lo ordinario es un peón amesado, con cuatro meses de trabajo. Multipliquemos $569.25 por 4. Da un total de $ 2,277. Si no logra ubicación en otro aspecto del proceso ganadero, dispondrá únicamente de esta suma para hacer frente a sus necesidades durante los ocho meses restantes del año. Es de esperar que, en la ciudad, encuentre al­guna actividad más o menos remunerativa. Pero esto no se lo debería ya a la sociedad ganadera. Volvamos a los casos citados por el señor Carnegie Ross. Esos $56.70 y $69.70 diarios pueden encandilar a un extraño, pero no a los de casa, ni a los conocedores ocasionales de la región. Un peón du­rante la faena, esquilador cuando la esquila y obrero frigorífico mientras éstos funcionan, es, además de un hombre afortunado, un talento múltiple. Un obrero especializado que en cuarenta y dos días de esquila obtuviera $3,163.64 constituye un 'recordman'. Esto da un promedio de 165 animales esquilados por día y si tenemos en cuenta que un buen obrero puede esquilar hasta 140 animales por día', a juicio de don Julio Calderón, Veterinario Jefe del Servicio de Ganadería y Sanidad Animal de Magallanes, comprende­remos que no puede exponerse este caso como padrón para valorizar la situación general.

No obstante, estos super-afortunados descienden a un plano bastante inferior, si los suponemos obligados a mantener una familia compuesta de cuatro o cinco miembros du­rante todo el año; viviendo él, además, los ocho meses que no trabaja con sus cinco mil seiscientos veinticuatro pesos, quin­ce centavos, o sus $6,813.14. Da para un modesto, modestí­simo pasar.

Queremos fijar dos premisas: 1) que los salarios paga­dos por los ganaderos del Territorio de Magallanes, siendo buenos, no son tan generosos como ellos han hecho creer a las comisiones parlamentarias oficiales; y 2) que las pecu­liaridades del clima y características de vida en el Territo­rio exigen salarios subidos.

Para probar cumplidamente el primer punto, nos bas­tara destacar el aumento progresivo experimentado por los salarios en los últimos años:

-

1933

1935

1937

Ovejero de Estancia

$ 250 mens.

$ 412.-

$ 504.-

Ovejero puestero

293 '

492.-

708.40

Cocineros, de 70 a 100hombres

524 '

864-

1,244.16

Esquiladores (por cadacien cabezas)

25 '

52.-

75.60

 

El cuadro revela una progresión general superior a un ciento por ciento. Este mejoramiento, se obtuvo sin mayores resistencias. No hubo necesidad de recurrir a medios coerci­tivos. Si en la libre discusión del convenio colectivo, las so­ciedades cedieron ante las insistencias obreras, fué, porque era demasiado manifiesta la justicia que les asistía, y por­que el hecho no implicaba gran detrimento para sus intereses.

Para confirmar nuestra apreciación conviene considerar esta proporción: la Sociedad Explotadora de Tierra del Fue­go pagó en salarios durante el año 1936-1937 cinco millones de pesos, aproximadamente. La utilidad que arroja su ba­lance en el mismo período alcanza a ochocientas trece mil doscientas noventa y tres libras esterlinas, suma que sin exa­gerar puede redondearse en un millón de libras esterlinas, habida consideración de las deducciones hechas para fondos de reservas especiales, fondos de diferencia, de cambio, etc.

Este nivel de salarios relativamente alto no significa que la situación del obrero en Magallanes sea privilegiada. Importa únicamente su justa ecuación de subsistencia. Ade­más de insistir nuevamente, que el salario de cuatro meses es la reserva de que dispone el obrero de temporada para subvenir a sus necesidades de doces meses, salvo que logre aprovechar otras coyunturas favorables, es menester tomar en cuenta factores peculiares de la región, que hacen allí la vida particularmente cara y difícil. Así, el clima de Maga­llanes es, en general, frío: el promedio de temperatura mí­nima anual es inferior a un grado. Desde el mes de Abril a Julio el termómetro desciende desde cero a menos siete gra­dos, para volver a subir desde menos  cuatro a dos grados entre Septiembre y Diciembre. No resulta difícil compren­der que, en estas circunstancias, el obrero de Magallanes, su mujer y sus hijos, deban destinar una buena parte de sus presupuestos al vestuario. El rigor del clima exige buen abrigo y buen calzado. La ropa de lana y el calzado de buena calidad se pagan caro. Se comprende, también, que la cale­facción permanente sea una necesidad imprescindible en to­dos los hogares. En Magallanes una familia pobre podría restringir sus alimentos, contra sus naturales exigencias or­gánicas, pero es imposible, de toda imposibilidad, que re­sista el clima sin una casa bien resguardada, dotada de bue­na calefacción. Se convertirían todos en estatuas de nieve. Agréguese a esto que la alimentación, por las mismas razo­nes apuntadas, debe ser rica en vitaminas y substancias pro­ductoras de energías, de las cuales carece el Territorio. Hay que adquirirlas en los centros productores del norte del país. Desde allí la sucesión de intermediarios, los fletes prohibiti­vos, los monopolios y especulaciones de productos encarecen el artículo hasta proporciones inverosímiles.

La simple enunciación de estos hechos, dice que esta­mos en razón al afirmar que el salario del obrero de Ma­gallanes no es una remuneración privilegiada, sino la justa ecuación de subsistencia que imponen el rigor del clima y la carestía de la vida.

Dice un Folleto del 'Rotary Club de Magallanes': 'Es preciso primero desprenderse de la magnífica impresión que produce la parte céntrica de nuestra ciudad; abandonar el prejuicio que se pisa una tierra de promisión para observar en seguida, fríamente, los aspectos que ofrecen los barrios altos y sub-urbanos, introducirse en la intimidad del diario vivir de los obreros y empleados; conocer sus condiciones de alimentación, abrigo, estar al tanto de su costo de vida y de sus emolumentos, penetrarse de la insuficiencia de nuestros servicios hospitalarios y aceptar, por último, la existencia de este flagelo (tuberculosis), como una consecuencia fatal y natural de esas condiciones. Tenemos, en efecto, que la vi­vienda de nuestro proletario, sin tener el aspecto horripilan­te de los conventillos, es inadecuada para el duro clima de la región; que su alimentación, siendo engañosamente volu­métrica, es inapropiada para la defensa total de su organis­mo; se carece de leche en abundancia, de verduras y de fru­tas y, en general, de alimentos frescos, vitaminizados que complementen los valores alimenticios necesarios a una resistencia capaz de repeler el ataque de la enfermedad'.

Promedio de beneficios que las sociedades ganaderas dejan en Magallanes

Las sociedades ganaderas de Magallanes se enriquecieron y proporcionaron suculentas rentas a sus accionistas a costas del patrimonio fiscal, representado por tierras cedidas gratuitamente, o arrendadas y vendidas a precios exiguos. El beneficio ha sido para un número mayor o menor de personas, la mayoria de las cuales son extranjeras, y el resto miembros de la aristocracia chilena.

El artículo 5.º, inciso 2.º, de los Estatutos de la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego expresa: 'El ochenta por ciento, a lo menos, de las acciones pertenecerán a chilenos''. Sería ingenuo creer que tal disposición se cumple. No obstante, en el Congreso y en la prensa, se han hecho prodigios de aritmética y dialéctica para probar que la Sociedad se sujeta estrictamente a la letra del inciso transcrito. Ardua empresa es, en este caso, demostrar lo que en el consenso público flota como una evidencia. Mal correspondería la Sociedad a su legítimo prestigio de organización modelo, si dejara en descubierto un punto tan vulnerable de su estructura.

De la nómina de accionistas de 1933 se concluye que, en un total de 1,732 accionistas, 1,458 chilenos poseen l.441,361 acciones y 274 extranjeros 358,639. Hay un pequeño exceso sobre el ochenta por ciento en manos' de chilenos, pero si bien se examina, se advertirá que, mención aparte de 356,639 acciones, que reconocidamente pertenecen a extranjeros, hay títulos como éstos, que detentan los valores anotados:

Banco Edwards 113,921 acciones
Bancho Chile 28,756 acciones
Banco Punta Arenas 8,560 acciones
Cía. de Custodia de Valores 186,415 acciones
Duncan Fox 16,038 acciones
Total 353,690 acciones

¿A quién pertenecen estas acciones? Son valores que los bancos tienen en custodia. Desde el Senado, dirigiendo oficio al Ministerio de Hacienda, no se pudo obtener la individualización de sus propietarios. Datos reservados. Sin mucha suspicacia se supone que éstas y muchas otras acciones, atribuídas a bancos e instituciones similares, pertenecen a extranjeros.

Sumadas las acciones anotadas, con las que la lista de accionistas descubre, resultarían 712,329 pertenecientes a extranjeros. Entonces estaríamos bastante lejos del ochenta por ciento mínimo exigido. Pero hicimos nuestro camino en el vacío. Aquí, más que de probabilidades y conjeturas, domina un ambiente de misterio. Y el misterio no se puede reducir a tantos por ciento.

Este fenómeno, relativamente visible, en la Sociedad Explotadora, lo es mucho más tratándose de las otras Com-pañias. La Sociedad Ganadera Gente Grande tiene gran número de accionistas extranjeros. La Sociedad industrial y Ganadera de Magallanes está en manos de unos pocos potentados extranjeros de la región. Y las otras: Menendez Behety, Sara Braun y Montes tienen de chilenas sólo el hecho de haberse constituido en Chile. A la misma conclusión tendríamos que llegar respecto de las restantes, con ser de mucho menor entidad.

La desnacionalización de la industria ganadera magallánica es evidente. El reducido número de acciones pertene-cientes a chilenos corresponde a inversionistas del centro del país. La nomina de accionistas de la 'Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego y, en menor grado, la de la Sociedad Ganadera Gente Grande, es una larga lista de apellidos históricos. Indudablemente esta condición da a tales compañías la certeza de una red de protectores influyentes en todos los planos que importa: banca, prensa, Congreso.

Si esto es así, si el pequeño beneficio que permanece en Chile, incrementa el patrimonio de nuestra aristocracia, parece ocioso agregar que el tanto por ciento de dividendos que reciben chilenos residentes en Magallanes es nulo. Puede verse el cuadro que sigue:

DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS DE COMPAÑÍAS MAGALLÁNICAS EN MAGALLANES

Año Compañía %
1901 Explotadora 45
1928 ' 7
1937 ' -
1919 Gan. Gente Grande 18
1929 ' 2,4
1927 ' -

Para determinar el porcentaje de 1937, o el del año actual, habría que recurrir a informes privados. Prácticamente puede estimarse igual a cero.

Por este capítulo poco gana Chile y nada Magallanes. Y es una verdadera desgracia, porque los dividendos que reparten estas Compañías son realmente suculentos.

Entre 1930 y 1936 los porcentajes de utilidades de la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego han sido los siguientes:

1930 20%
1931 15%
1932 10%
1933 25%
1934 35%
1935 17%
1936 23,7%
1937 casi 50%

La utilidad obtenida en 1937 fué de 858,570 libras esterlinas, lo que hace casi un cincuenta por ciento del capital. Además, estos cálculos no reflejan claramente la verdad, porque las utilidades efectivas estan sujetas a muchas reducciones, por castigos de valores y acrecentamiento de fondos especiales.

En 1937 las acciones de la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego, cuyo valor nominal es de una libra, se cotizaron sobre trescientos cincuenta pesos, alcanzando su nivel máximo de cuatrocientos pesos en Marzo de dicho año.

Y, por último, descenderemos a un detalle doméstico, que revela gráficamente el absoluto desarraigo regional de las sociedades ganaderas. Todos los años se repite en Magallanes un hecho curioso: carestía de carne para el abastecimiento de la población. Parece paradojal. Pero la explicación es fácil: existe entre la Intendencia y la Sociedad Rural de Magallanes, representante de los estancieros, un convenio libre, por el cual ésta se compromete a entregar una cuota determinada de animales para el consumo interno. En vista de las favorables condiciones del mercado de carnes en el extranjero, preferentemente Londres, los estancieros retrasan, reducen, o, lisa y llanamente, niegan su aporte. En Agosto de 1937, la carne de ovino se vendió hasta $3.60 el kilo y $4, término medio, la de vacuno. Había algunos puestos que vendían carne barata, pero sólo a los obreros, previa presentación de la Libreta de Seguro Obligatorio. La escasez llegó al extremo insólito de importar el producto de islas Falkland para salir del paso. Esto sucede todos los años y continuará sucediendo; porque las sociedades no cumplen sus compromisos, o no lo hacen oportunamente, ni cooperan en casos imprevistos o de emergencia.

Estos hechos, desde los menudos a los trascendentales, imponen la evidencia definitiva e ineludible de que una región de cuarenta mil habitantes produce riquezas para una media docena de sociedades, sin obtener la justa compensación. Diez mil braceros chilenos manipulan todos los años dos millones quinientos mil animales, hasta dejar prestas las lanas, carnes y productos accesorios para ser embarcados rumbo a los mercados de Londres.

En definitiva, ¿cuál es el resultado de este proceso febril? Dividendos para inversionistas que viven en Londres o París. Ganancias para personas que permanecen en Magallanes el tiempo necesario para recoger las libras esterlinas y partir después a Buenos Aires o a la Costa Azul.

No creemos que la solución definitiva sea difícil. Casi nos parece que, en estos momentos, el sólo instinto de conservación de un Estado debería ser estímulo suficiente para reaccionar.

Constituye ya un lugar común decir que las grandes sociedades ganaderas de Magallanes y, aún, que la Sociedad Explotadora sólo representa un Estado dentro de otro Estado. Y no es ésta una afirmacion puramente literaria.

En las frases que a continuación transcribimos, parte de un discurso pronunciado en Punta Arenas por el Ministro de Tierras y Colonización don Medardo Goytía, hay una promesa de abordar el conflicto. Cerraremos con ellas este capítulo. Veremos después hasta qué punto son trasunto de una realidad política y legislativa. Dijo: 'Estas concentraciones de tierras en pocas manos no es un abuso o un delito. Obedece a circunstancias económicas comunes a todas las empresas que nacen y prosperan en regiones inexploradas. Tampoco es una utopía el anhelo de subdivisión de esos campos. La población ha crecido y necesita ocupar sus brazos en actividades que le aseguren un porvenir mejor y le permitan cambiar su condición de asalariados. Este choque de intereses no debe alarmarnos. Con prudencia, paulatinamente, sin dañar los grandes capitales formados e invertidos aquí, y sin postergar la satisfacción de aquel anhelo, la subdivisión de las tierras irá armonizando esas diferencias y distribuyendo entre un gran número de ciudadanos los beneficios que esas tierras devuelven a quien pone en ellos su labor y su constancia'.

Las guardadurias de tierras

El desconcierto en la gestión administrativa de las tie­rras fiscales de Magallanes se manifiesta, también, en una institución 'sui-géneris', que data de muy pocos años: la guardaduría de tierras.

En 1930, la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego devolvió al Fisco, por vencimiento del contrato, más o me­nos 600,000 Has. correspondientes a la concesión Ponzonby. El Intendente de Magallanes se negó a recibirlas, porque no disponía de personal suficiente para hacerse cargo respon­sable de tan dilatadas extensiones, que, además de su valor intrínseco, importaban considerables sumas en cierres, cons­trucciones e instalaciones industriales; sujeto todo esto a po­sibles depredaciones, si no se sometían a una vigilancia eficaz.

Ante la insistencia de la Sociedad Explotadora, que de­seaba desligarse de su compromiso y las órdenes terminan­tes del Ejecutivo, la Intendencia, con autorización guberna­tiva, decidió entregar provisoriamente estas tierras a per­sonas de reconocida honorabilidad y solvencia, para que cau­telasen los intereses fiscales, mientras se daba solución defi­nitiva a la situación. Como retribución por sus servicios, se concedía a los guardadores el derecho de mantener animales propios en los campos sometidos a su vigilancia.

Este fue el origen de las guardadurías de tierras, que diera motivos después a tanta complicación y tantas arbitra­riedades. Totalmente circunstancial en un principio, solu­ción razonable de una situación apremiante e imprevista.

El caso sé repitió frecuentemente, a medida que vencían los respectivos arrendamientos. Pretendidas dificultades pa­ra aplicar la Ley N.° 4,547, vigente entonces, determinaron el mantenimiento del sistema.

Las guardadurías pasaron a constituir una institución común incorporada a la inestricable malla del sistema jurídico de las tierras fiscales magallánicas. Muchas personas se hicieron partícipes de sus beneficios, y muchas más perma­necieron alertas, atisbando la oportunidad favorable para lograrlos. Y no era para menos; resultaba un negocio espléndido, una verdadera granjería, lo que se daba. El guardador gozaba gratuitamente de las tierras y aprovechaba de los es­tablecimientos y mejoras del ocupante anterior. Cierto es que se trataba de un estado de cosas eminentemente provi­sorio; sí, mas lo provisorio en la cuestión tierras de Maga­llanes se mide por años, de tal manera que para nadie cons­tituye amenaza.

Así se dieron en ocupación a los mismos arrendatarios de contratos vencidos unas veces, y a terceras personas otras, numerosos lotes de terrenos vacantes. No estaba ni siquiera esbozada una reglamentación y un procedimiento convenien­tes. La Intendencia, en general, procedía más en términos de favoritismo y empeños políticos, que de conveniencia fiscal. .

Se mantuvo así la situación hasta comienzos de 1937. El Ministerio de Tierras y Colonización, por Decretos N.os 220 y 243, de l7 y 28 de Febrero de ese año, respectivamente, dis­puso que el nombramiento de los futuros guardadores se haría por decreto supremo. Reglamentaban, además, dichos de­cretos, la constitución y ejercicio de la guarda. Del formu­lario especial que se emplea para hacer las designaciones, transcribimos las disposiciones principales y características de esta institución:

'b) El guardador cuidará los campos y, asimismo, las mejoras e instalaciones con que los haya recibido y evitará que unos y otros bienes sean ocupados por extraños; c) El guardador no gozara de remuneración alguna, pero estará autorizado para aprovechar los campos en el pastoreo de sus animales; y d) La guarda no se sujetará a plazo alguno y el Presidente de la República podrá ponerle término en cual­quier momento, notificando al especto al guardador con quince días de anticipación''.

Sin poder desconocer que la carencia de una ley que re­solviera permanentemente el destino de los terrenos vacan­tes, imponía la guarda como un statu quo obligado, hubo poca decisión de parte del Ejecutivo para encarar la situación creada. Bien está 'permitir al actual ocupante que con­tinúe explotando provisoriamente los campos, ya que por lo menos éste tiene mejores títulos que los que vengan o pre­tendan venir de afuera'. Y se evita así 'tener que desalojar de los campos fiscales a los ocupantes que tienen en ellos sus mejoras y sus ganados, para entregar los terrenos a otros ocupantes en forma por demás precaria, ya que no podría dárseles seguridad ninguna de permanencia'. No discutire­mos la validez de estos juicios que constituyen la doctrina ministerial al respecto, pero lo cierto es que, fuera de las arbitrariedades cometidas que se le pueden oponer, dominó en cada uno de los engranajes de esta cuestión un criterio equivocado. No se comprendió bien que la guarda, estado transitorio obligado, era una concesión graciosa que hacía el Estado; muy por el contrario, se le dio un sentido de con­veniencia fiscal, y los guardadores aparecieron como cooperadores de la función administrativa del Ejecutivo. Por esto, y porque al Fisco le dolía mucho renunciar a las rentas correspondientes a estas ocupaciones, se advirtieron en po­tencia vínculos de compromiso que se estrecharon cada vez más. La guarda, que era un mero accidente dentro de un sis­tema desgraciado, pasó a tener preponderante importancia y constituyó en un aspecto la piedra de toque de la actual ley de tierras, durante su discusión en la Cámara de Dipu­tados y en el Senado.

En Septiembre de 1937 había noventa guardadores, que ocupaban lotes de 3,000 a 30,000 Has. de extensión. En pro del interés fiscal y de la equidad, se propusieron y lograron disposiciones de excepción para ellos. Lo que, en realidad, constituía apenas un detalle doméstico, fue una nube en los ojos de los legisladores que obstaculizó su visión y maleó to­talmente las decisiones respectivas.

El sistema, justificable en un instante dado, pasó a cons­tituir prontamente un lugar común pernicioso. Nos pregun­tamos: ¿no hubiese convenido más, en la mayoría de los ca­sos, renovar, lisa y llanamente, los contratos respectivos, de acuerdo con la Ley N.° 4,547? ¿O legislar inmediatamente para obviar las pretendidas dificultades de esta ley? En 1913, y 1924 se dictaron leyes, renovando en parte los arrendamientos de la Sociedad Explotadora de Tierra del Fuego y Sociedad Ganadera Gente Grande.

Se podía haber procedido en igual forma. Y aún menos funesto habría sido, tal vez, dejar las tierras libres, sin guar­das oficiosos, que las lucraban gratuitamente y que consti­tuyeron con el tiempo una situación de hecho, que restó in­dependencia al Ejecutivo, impidiéndole encarar de una vez por todas, en sus verdaderos términos, el problema de las tierras fiscales de Magallanes.

No combatimos el hecho de la entrega de las tierras a sus ocupantes anteriores, proceder más justo que las guarda otorgadas a extraños. Combatirnos la guarda en sí, porque este procedimiento nos parece la traducción de la lenidad y ligereza administrativa con que se han abordado siempre estos asuntos. El día que se manejen con cuidado, interés y decisión estos negocios, sin recurrir a situaciones de flecho acomodaticias, teniendo en vista el auténtico interés fiscal en comunión con los anhelos de la población magallánica, se iniciará una era de días mejores para el Territorio.

La situación de las tierras magallánicas en 1938 es la siguiente: abarca la, provincia una superficie de 13.754,500 Has., sujetas a regímenes diferentes, a saber:

Vendidas

1 666,599 Has.

Arrendadas hasta 1944

1.563,582 Has.

En concesión hasta 1940, 1948, 1955 y 1957

851,648 Has.

Arrendamientos vencidos

1.685,348 Has.

Superficie explotable

5.767,177 Has.

Superficie inaprovechable

7.987,323 Has.

Total

13.754,500 Has.

Deducidos del monto de tierras en explotación: 1.666,199 Has. de propiedad particular, restan 4.100,578 Has. apro­vechables, pertenecientes al Fisco. De ellas, 1.685,348 Has. están vacantes por vencimiento de los contratos de arrenda­miento respectivo.

En definitiva, tenemos 1.685,348 Has disponibles. 2.415,230 Has. afectas a contratos que vencen entre 1940 y 1957.

Estos totales nos dan la pauta del problema. Hay un apreciable contingente para basar una política de subdivisión y colonización que, paulatinamente, se incrementaría con nuevas superficies, a medida de los respectivos venci­mientos de contratos. Indudablemente esta planteación su­giere muchos procedimientos para abordar el problema y, consecuencialmente, soluciones varias y diferentes.