Conforme al acuerdo anterior, en orden a que corresponde al Decano proponer los cursos de Derecho Profundizado que han de dictarse anualmente en la Escuela de Derecho, se aprueban las siguientes cátedras por él patrocinadas: 1º) Derecho de la Integración, por el profesor don Rubén Oyarzún; 2) Derecho Agrario (especialmente reforma agraria), por el profesor señor Gonzalo Figueroa Yáñez; 3º) Legislación de la vivienda y política habitacional, por el profesor don Sergio Carvallo; 4º) La responsabilidad extracontractual en las actividades peligrosas, por el profesor don Carlos Ducci, y 5º) Los delitos económicos, por el profesor don Alfredo Etcheberry. Los Cursos de Derecho Profundizado que se van a desarrollar en el presente año en la Escuela de Derecho de Valparaíso, a saber: 1º) Un curso sobre 'Las fronteras del Estado. Problemas chilenos', a cargo del profesor don Enrique Gajardo, y 2º) Un curso sobre 'El crédito Civil', a cargo del profesor don Ramón Meza.

Primeras Jornadas Sobre Evaluación De Las Reformas De La Enseñanza Jurídica.

Organizadas por el Consejo de Decanos Presidente: Eugenio Velasco Letelier, Secretario: Pablo Rodríguez. Grez

Santiago, 2 y 3 de magro de 1968.

Participantes:

Universidad de Chile de Santiago: Eugenio Velasco Letelier, Decano. Avelino León Hurtado, Director. Humberto Pinto Rogers. Enrique Munita Becerra. Octavio Maira Lamas. Jaime Eyzaguirre Gutiérrez. Gonzalo Figueroa, Yáñez. Daniel Moore Merino. Pablo Rodríguez Grez, Secretario.

Universidad de Chile de Valparaíso: Oscar Henríquez Escobar, Director. Jorge Witker Velásquez. Enrique Cury Urzúa.

Universidad de Concepción: Profesores: Manuel Sanhueza Cruz, Decano Pablo Saavedra Belmar. Alberto Paga Seguel. Telmo García Durán. Ayudantes: Luis Viveros, Presidente Centro de Derecho. Jaime Jana, Centro de Derecho.

Universidad Católica de Santiago: Guillermo Pumpin Belloni, Decano. Arturo Aylwin Azócar, Director. Jaime del Valle Alliende, Director de Estudios. Manuel Guzmán Vial, Secretario. Hugo Pérez Pousa, Bibliotecario.

Universidad Catolica de Valparaíso: Andrés Cuneo, Director. Luis Mizón, Docente, Bibliotecario. Hernán Fuenzalida, Prof. Auxiliar. Germán Luhrs, Prof. Titular. Rafael Valenzuela, Prof. Titular.

Temario:

a) Finalidad de la enseñanza jurídica (Análisis de las Declaraciones y Documentos que sobre la materia haya emitido cada Facultad); b) Metodología jurídica (Planteamiento General y Experiencia actual); c) Investigación jurídica; y d) Biblioteca (Organización y funcionamiento).

Conclusiones:

Las Primeras jornadas sobre Evaluación de las Reformas de la enseñanza jurídica, constituyeron un valioso intercambio de experiencias y de información entre las diversas Facultades de Derecho del país. Todas ellas, casi paralelamente, iniciaron el examen y revisión de los Planes de Estudio vigentes y del sistema de enseñanza tradicional, sin haber tomado contacto previo entre sí. Este hecho hacia necesario un acercamiento destinado a comparar y analizar las tendencias y orientación de estas inquietudes. Es curioso constatar que, a pesar de la falta de intercambio permanente, todas las reformas puestas en práctica se fundan en idénticas bases y observaciones. Ello revela, de una parte, la auténtica necesidad de modernizar los estudios jurídicos y, de otra, el reconocimiento, unánimemente advertido, de que el papel del abogado en la sociedad contemporánea ha evolucionado de modo fundamental. Ninguna Facultad en Chile ha escapado a este fenómeno, ni ha dejado de encararlo. Por lo mismo, esta primera aproximación tuvo importancia relevante en la medida en que permitió concentrar las experiencias y aunar los esfuerzos para ganar las metas que aun quedan por alcanzar. Esta primera jornada interuniversitaria abre el camino a futuros y propicios encuentros, tanto más valiosos si se tiene en consideración que nos hallamos en el período inicial del desarrollo de las reformas y que existen justas inquietudes de todos por el resultado y consecuencias de ellas. El Consejo de Decanos ha organizado un ciclo de jornadas, que se realizarán en los años venideros para dar cumplida satisfacción a estas aspiraciones y contribuir al perfeccionamiento y unidad de la enseñanza jurídica chilena.

A. Finalidad de la enseñanza jurídica

Coincidieron las diversas Facultades en que la finalidad de la enseñanza jurídica era la formación del Hombre de Derecho. En lo esencial, el Hombre de Derecho debe ser: primero, un hombre culto, esto es, dotado de una imagen integral del mundo en que le ha correspondido vivir y profundamente consciente de las responsabilidades que tal calidad le impone en los diversos planos de su acción; segundo, poseer aquellos conocimientos necesarios para interpretar y comprender el trasfondo social regulado por el Derecho, lo cual significa imponerle el estudio de disciplinas tales como Sociología, Economía, Relaciones Internacionales, etc.; tercero, conocer, además, los grandes principios inspiradores y rectores de cada disciplina jurídica y, a través de ellos, comprender las normas que regulan la conducta del hombre en sociedad; y cuarto, estar dotado de un criterio jurídico dinámico, que le permita adaptar los grandes principios a situaciones nuevas o encarar la existencia de nuevos principios, sin alterar su formación y actividad. Conviene señalar que el Hombre de Derecho está llamado a satisfacer múltiples necesidades sociales, que van desde la función jurisdiccional y forense tradicionales, hasta las tareas asesoras, legislativas, directivas y organizativas del proceso productor, etc. En todas ellas, los requerimientos del mundo contemporáneo imponen una actitud distinta al Hombre de Derecho. La conveniente adaptabilidad a la función, dependerá de la formación flexible que haya recibido el postulante en su vida universitaria.

B. Metodología jurídica

1. Plan General de Estudios

Hubo consenso entre las diversas Facultades, en que el Plan General de Estudios debe tener las siguientes características: a) Organizar las diversas cátedras que integran el Plan General, en 'ciclos' que agrupen las materias afines, siguiendo un desarrollo progresivo y poniendo especial énfasis en la coherencia y armonía de los programan de estudios que lo integran. Se evita, así, una duplicidad de enseñanzas y se consigue una formación jurídica unitaria y ordenada, sin perjuicio de las ventajas docentes que ello importa; b) El Plan General debe contener, preferentemente, cátedras destinadas a la formación del criterio jurídico y cátedras de material informativo que complementen la preparación del Hombre de Derecho, caracterizado en la forma mas arriba descrita; c) Las cátedras jurídicas deben dar preeminencia a la enseñanza de los grandes principios de las respectivas ramas del Derecho, a fin de que el conocimiento particularizado de las norman resulte de la aplicación de aquellos a las situaciones concretas reguladas en la ley; d) Los programas de estudio deben ser esencialmente flexibles de modo que cada materia sea analizada en la extensión y con la profundidad que determine el personal docente de acuerdo a su importancia dentro del Plan General; e) Las distintas asignaturas deben organizarse en forma tal que, en conjunto, contribuyan a la formación del Hombre de Derecho en sus variados aspectos. De concurrir a ello la integración de disciplinas profesionales de formación general e informativas; y f) Finalmente, el Plan General de Estudios debe estar en permanente renovación, atendidas las transformaciones que se operan a diario en el Derecho con el objeto de ofrecer un panorama siempre actual y moderno del sistema jurídico contemporáneo.

2. Método de Enseñanza

Sobre este aspecto del temario, se pudieron extraer las siguientes conclusiones: a) Existen dos áreas de enseñanza: la enseñanza magistral y la enseñanza activa. La diversificación de ambas áreas resulta especialmente recomendable en los primeros años del Plan General de Estudios, dada la naturaleza de las asignaturas preliminares. La enseñanza activa debe orientarse de preferencia a la utilización creadora del método científico y al adiestramiento en el manejo de las fórmulas jurídicas que permitan solucionar los problemas objeto del Derecho. En los cursos superiores del Plan, deben integrarse ambas áreas en la cátedra magistral, aprovechando la preparación del alumno para la búsqueda del material de enseñanza dando a ésta un sentido dinámico, por lo mismo, mas atractiva intelectualmente para el estudiante; b) Con el objeto de promover el interés del alumno por los ejercicios y trabajos de la enseñanza activa, deben plantearse problemas y situaciones actuales que motiven su vocación y lo hagan descubrir la importancia del Derecho como único medio de convivencia social organizada; c) Debe distinguirse la clase activa, que conserva la comunicación magistral del docente con el alumno por medio de la exposición oral y sin perjuicio de las intervenciones de éste, de la enseñanza activa, en que el alumno provoca el diálogo y participa preponderantemente en su desarrollo; d) Se recomienda considerar variados instrumentos de enseñanza activa -seminarios, foros, clínicas, investigaciones, lecturas, etc.- y adecuarlos a las materias que se trata de analizar y comprender, según sus características y particularidades; y e) Se advierte una tendencia a la realización de controles de estudios rigurosos y permanentes durante el período de enseñanza y el reconocimiento, en un porcentaje importante, de las calificaciones aludidas para el cómputo final de promoción. Estas calificaciones deben jugar con la que corresponda al examen final de la asignatura.

C. Investigación jurídica.

Sobre este punto del temario se pudieron extraer las siguientes conclusiones: a) Que la investigación jurídica debe considerarse un instrumento de enseñanza activa, tanto para el perfeccionamiento del docente como del alumno, sin perjuicio de investigaciones de mayor entidad y transcendencia entregadas a institutos especializados dependientes de las Facultades; b) Que debe impartirse la enseñanza de las técnicas de investigación y familiarizar al estudiante con ellas, a fin de prepararlo para sus actuaciones postuniversitarias y alentar las vocaciones científicas; c) Que es necesario propender a una planificación interna de la investigación jurídica en las Facultades, poniendo especialmente de relieve los problemas que plantea el desarrollo actual del sistema jurídico-institucional. Como manera de conseguir un aprovechamiento óptimo de los recursos, es recomendable proyectar la planificación de todas las tareas que en este orden realizan las Facultades de Derecho en Chile; d) Que debe darse prioridad a las investigaciones que digan relación con problemas y situaciones actuales, como aporte efectivo a la solución de ellos, especialmente a través de un enfoque interdisciplinario en el que participen diferentes Facultades; e) Que deben buscarse los medios para confrontar las investigaciones y su proyección con la realidad ambiente, en conjunción con los especialistas de otras disciplinas sociales.

D. Biblioteca.

Sobre este punto del temario podemos anotar las siguientes conclusiones: a) Que es recomendable buscar fórmulas destinadas a conseguir un mejor aprovechamiento de las obras existentes en las diversas bibliotecas jurídicas, a través de un intercambio más activo, (sistemas comunes de catalogación, intercambio de informaciones bibliográficas, servicios comunes de microfilms y reproducción de textos, etc.); b) Que las bibliotecas jurídicas deben ser dirigidas por un docente encargado de organizar el trabajo bibliográfico en sus variadas formas; c) Que deben procurarse los medios que permitan dotar a las bibliotecas jurídicas de las técnicas más modernas de aprovechamiento bibliográfico; d) Que debe propenderse a centralizar la importación de libros, así como el intercambio internacional de obras y publicaciones jurídicas, con el objeto de facilitar ambas actividades en beneficio de todas las bibliotecas jurídicas nacionales; y e) Que en aquellas ciudades de provincia en que exista más de una biblioteca jurídica, deben arbitrarse los medios que permitan un aprovechamiento común de ellas por los interesados.

N o t a

Estas conclusiones, si cabe tan ambicioso concepto, han sido elaboradas por la Secretaría del Consejo de Decanos, sobre la base de la versión grabada de los debates habidos en las Primeras Jornadas sobre Evaluación de las Reformas de la Enseñanza Jurídica. No constituyen, por tanto, un documento oficial del torneo, sino un elemento de trabajo para futuras confrontaciones interuniversitarias. No otro fin persigue esta Secretaría al darlas a conocer.

Santiago, mayo de 1968.